Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (06474/2023)
Acuerdo de aprobación de las bases con convocatoria de subvenciones destinadas a los municipios y entidades locales menores para la dotación de centros y espacios propios con destino a la formación de capacitación para el empleo 2023-2024
20 páginas totales
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo
Anuncio 6474/2023
Otras consideraciones a certificar: _____________________
En __________________ a _______ de ______________ de 20__.
El/la Secretario/a o el/la Secretario/a-Interventor/a
Fdo.: ____________________________
V.º B.º El/la Alcalde/sa
Fdo.: ____________________________
Segundo.- Aprobar el modelo de solicitud de subvención (anexo I) para posibilitar su remisión por vía telemática a través de
la sede electrónica de Diputación mediante los sistemas de firma electrónica previstos.
Tercero. Aprobar un gasto por importe de ochocientos ochenta mil euros (880.000,00 euros), imputándose las subvenciones
que se concedan en la convocatoria de referencia, con cargo de la aplicaciones presupuestarias que se indican:
Anualidad 2023: 204/94243/76200/0800 y 204/94300/76200/0800.
Anualidad 2024: 204/94243/76200/0800 y 204/94300/76200/0800.
Cuarto: Aprobar la convocatoria que desarrolla el procedimiento para la concesión de las subvenciones, mediante el
régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios generales de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
(LGA), Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinto: Aprobar la elevación de los porcentajes de los créditos por anualidad a que se refiere el apartado 3 del artículo 174
del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el caso de que procediera.
Sexto: Publicar los acuerdos en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, para
garantizar su divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto.
Séptimo: Dar traslado de los presentes acuerdos al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión ordinaria que se
celebre, así como a los a los departamentos provinciales correspondientes, para su conocimiento y efectos oportunos>>.
Y para que conste, y surta efectos ante el expediente 2023/28/SYT-SUB-C y 2028/269/OT-OTGES, extiendo el presente
certificado, de orden y visado por el Presidente de la Institución, en Badajoz, en el día de la fecha.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, Miguel Ángel Gallardo Miranda.- El Secretario General, Enrique Pedrero
Balas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Otras consideraciones a certificar: _____________________
En __________________ a _______ de ______________ de 20__.
El/la Secretario/a o el/la Secretario/a-Interventor/a
Fdo.: ____________________________
V.º B.º El/la Alcalde/sa
Fdo.: ____________________________
Segundo.- Aprobar el modelo de solicitud de subvención (anexo I) para posibilitar su remisión por vía telemática a través de
la sede electrónica de Diputación mediante los sistemas de firma electrónica previstos.
Tercero. Aprobar un gasto por importe de ochocientos ochenta mil euros (880.000,00 euros), imputándose las subvenciones
que se concedan en la convocatoria de referencia, con cargo de la aplicaciones presupuestarias que se indican:
Anualidad 2023: 204/94243/76200/0800 y 204/94300/76200/0800.
Anualidad 2024: 204/94243/76200/0800 y 204/94300/76200/0800.
Cuarto: Aprobar la convocatoria que desarrolla el procedimiento para la concesión de las subvenciones, mediante el
régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios generales de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
(LGA), Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinto: Aprobar la elevación de los porcentajes de los créditos por anualidad a que se refiere el apartado 3 del artículo 174
del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el caso de que procediera.
Sexto: Publicar los acuerdos en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, para
garantizar su divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto.
Séptimo: Dar traslado de los presentes acuerdos al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión ordinaria que se
celebre, así como a los a los departamentos provinciales correspondientes, para su conocimiento y efectos oportunos>>.
Y para que conste, y surta efectos ante el expediente 2023/28/SYT-SUB-C y 2028/269/OT-OTGES, extiendo el presente
certificado, de orden y visado por el Presidente de la Institución, en Badajoz, en el día de la fecha.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, Miguel Ángel Gallardo Miranda.- El Secretario General, Enrique Pedrero
Balas.
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