Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Organismo Autónomo Industrial Finca Los Castillejos (Fuente de Cantos). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (06321/2023)
Aprobación definitiva del expediente de transferencia de crédito número 06/2023
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre
Anuncio 6321/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Fuente del Maestre
Fuente del Maestre (Badajoz)
Anuncio 6321/2023
Aprobación definitiva del expediente de transferencia de crédito número 06/2023
Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto,
al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por
remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Transferencias en aplicaciones de gastos:
Aplicación
Descripción
Euros
Progr.
Económica
165
22100
Energía eléctrica
80.000,00
312
22105
Productos alimenticios centro de día
80.000,00
Total:
160.000,00
Bajas o anulaciones en concepto de gastos:
Aplicación
Descripción
Euros
Progr.
Económica
150
62205
Nave municipal Camino Rascon y Barros Blanco
30.000,00
150
62400
Elementos transporte
46.000,00
151
60000
Inversiones en terrenos
40.000,00
231
48123
Transferencia a instituciones sin fines de lucro
6.000,00
312
62300
Maquinaria, inst. técnicas y utillaje centro día
8.000,00
920
62600
Equipos procesos de información
20.000,00
943
46300
Mancomunidad de Los Molinos
10.000,00
Total ingresos:
160.000,00
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día
de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Fuente del Maestre, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Juan Antonio Barrios García.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto,
al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por
remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Transferencias en aplicaciones de gastos:
Aplicación
Descripción
Euros
Progr.
Económica
165
22100
Energía eléctrica
80.000,00
312
22105
Productos alimenticios centro de día
80.000,00
Total:
160.000,00
Bajas o anulaciones en concepto de gastos:
Aplicación
Descripción
Euros
Progr.
Económica
150
62205
Nave municipal Camino Rascon y Barros Blanco
30.000,00
150
62400
Elementos transporte
46.000,00
151
60000
Inversiones en terrenos
40.000,00
231
48123
Transferencia a instituciones sin fines de lucro
6.000,00
312
62300
Maquinaria, inst. técnicas y utillaje centro día
8.000,00
920
62600
Equipos procesos de información
20.000,00
943
46300
Mancomunidad de Los Molinos
10.000,00
Total ingresos:
160.000,00
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día
de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Fuente del Maestre, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Juan Antonio Barrios García.
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