Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llerena. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (06304/2023)
Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 3/2023
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Ayuntamiento de Llerena

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Llerena
Llerena (Badajoz)
Anuncio 6304/2023
Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 3/2023

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria urgente celebrada el día 16 de noviembre de 2023, ha acordado
aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos número 3/2023 del presupuesto municipal para este
ejercicio, en la modalidad de suplemento de crédito financiado mediante la incorporación de remanente de tesorería para
gastos generales, de acuerdo con el siguiente resumen:
Suplementos de crédito en aplicaciones de gastos:

Aplicación

Descripción

Suplemento de crédito (€)

Progr. Económica
132

12000

Retribuciones básicas funcionarios

50,000,00

151

13104

Equipo de obras

30.000,00

151

13100

Personal laboral eventual

60.000,00

920

12000

Retribuciones básicas

30.000,00

920

13101

Personal laboral eventual

10.000,00

165

61907

Eficiencia energética en alumbrado público y edificaciones
(Biblioteca Municipal)
Total:

6.000,00
186.000,00

Suplemento concepto de ingresos:

Partida
87000

Descripción
Remanente de tesorería para gastos generales
Total ingresos:

Euros
186.000,00
186.000,00

Lo que se hace público para general conocimiento, hallándose el mencionado expediente en la Secretaría de este
Ayuntamiento por espacio de quince días hábiles para que las personas interesadas puedan formular las observaciones o
reclamaciones que consideren pertinentes de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 169 y 177.2 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Igualmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 7.e) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno, el texto íntegro del acuerdo plenario estará a disposición de los interesados en sede
electrónica del Ayuntamiento de este Ayuntamiento.
El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones,
en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.
En Llerena (Badajoz), a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Daniel Lara Rex.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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