Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de Alcocer. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (06268/2023)
Corrección de error en edicto publicado el 20 de enero de 2023 sobre las bases que han de regir la convocatoria y el proceso de estabilización de empleo para las plazas mediante concurso-oposición
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Ayuntamiento de Puebla de Alcocer

Anuncio 6268/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Puebla de Alcocer
Puebla de Alcocer (Badajoz)
Anuncio 6268/2023
Corrección de error en edicto publicado el 20 de enero de 2023 sobre las bases que han de regir la convocatoria y el
proceso de estabilización de empleo para las plazas mediante concurso-oposición

CORRECCIÓN DE ERROR EN EDICTO PUBLICADO EL 20/1/2023 SOBRE LAS BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA Y
EL PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO PARA LAS PLAZAS MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN
En el BOP de Badajoz número 14 de fecha 20 de enero de 2023, se ha publicado el anuncio 6458/2022, referido a las bases
que han de regir la convocatoria dentro del proceso de estabilización de empleo para una plaza mediante concursooposición de administrativo/a.
Advertido error en las citadas bases, la misma debe de rectificarse en la forma que se señala a continuación, y en los
términos indicados en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre por la que se aprueba la Ley de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Donde dice:
Octava.- Calificación.
La puntuación de todos los méritos será de máximo 15 puntos, resultando eliminados los aspirantes que no
lleguen a 2 puntos.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso más la fase oposición.
Novena.- Resolución de la convocatoria.
Una vez finalizado el proceso de selección a través de concurso, el Tribunal hará pública la relación de
personas aprobadas por orden de puntuación y remitirá al órgano convocante, una propuesta para el
nombramiento como laboral fijo en función de la plaza convocada, de quien haya obtenido la mayor
puntuación total. No se podrá proponer el acceso a la condición de funcionaria de carrera o laboral fijo de un
número superior de aspirantes al de plazas convocadas, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que
contravengan esta limitación.
Las personas que no superen el proceso selectivo, se incluirán en bolsas de personal laboral temporal
específicas.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles desde
que se publican en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección:
http://puebladealcocer.sedelectronica.es, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de
la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando
anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por
falsedad en sus solicitudes de participación.
Se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto de
trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del período de prueba que
corresponda de acuerdo con la normativa laboral (teniendo presente el artículo 14.1 del Estatuto de los
Trabajadores), con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá la condición de empleado público.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de
los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los
trabajadores, mediante entrega de una copia básica de los contratos celebrados.
Con aquellas personas que, habiendo participado en el proceso selectivo, y no habiendo obtenido la
puntuación suficiente para ocupar el puesto al que opte pero sí hayan obtenido 2 puntos mínimos exigidos,
se procederá a la inclusión en bolsas de personal laboral temporal de interinos específicas, por orden de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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