Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Organismo Autónomo "Escuela de Tauromaquia" (Badajoz). Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (06187/2023)
Decreto de modificación de las bases de la convocatoria para cubrir con carácter de personal funcionario de carrera, mediante concurso-oposición libre, una plaza de Suboficial de Operaciones del Servicio de Bomberos del Ayuntamiento de Badajoz
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Badajoz
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general.
En cualquier caso, habrá de acreditarse la condición de familia numerosa.
c) Estarán exentos del pago de la tasa los demandantes de empleo, que tendrán que acreditar
su condición mediante la presentación, conjuntamente, de los siguientes documentos:
Fotocopia de la demanda de empleo vigente y debidamente renovada/actualizada por el Servicio Público de Empleo
correspondiente. En caso de que el interesado selle la tarjeta por medios electrónicos deberá aportar el justificante
que acredite haberla sellado por dichos medios.
Presentación de vida laboral de la Seguridad Social actualizada a fecha de presentación de la solicitud.
No se admitirá ningún otro certificado, informe o documento distinto de los mencionados en los dos párrafos anteriores al
objeto de acreditar la condición de demandante de empleo a fecha de presentación de la solicitud.
Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan quedado definitivamente
excluidos de las pruebas selectivas. A tales efectos, el reintegro se realizará previa solicitud del interesado. No se procederá
a la devolución de tasas en los supuestos de exclusión de participación en las pruebas selectivas por causa imputable a la
persona interesada.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y
forma de la solicitud.
4. El abono de tasas se realizará a través del enlace pago de tasas, existiendo dos opciones:
Opción A: Se generará modelo de autoliquidación y con ella los interesados deberán ir a las entidades
bancarias Ibercaja, Unicaja o Caixa para hacer el abono, ya sea por caja o por cajero automático. En el
supuesto de que se abone por caja, la autoliquidación vendrá sellada o validada mecánicamente por la
entidad bancaria, si se opta por el cajero automático la autoliquidación deberá venir acompañada del
resguardo emitido con el código de validación.
Opción B: Continuar con la pasarela de pago y realizar el abono a través de tarjeta bancaria, generándose una
vez finalizado el pago un documento con un código seguro de verificación.
5. Formas y lugares de presentación de la solicitud:
Cumplimentada y firmada la solicitud la persona aspirante podrá presentar telemáticamente la solicitud generada en el
paso a través del archivo presentación de solicitudes o a través del Registro general de este Ayuntamiento o en la forma
establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. La documentación que sea presentada a través de oficinas de correos deberá ir en sobre abierto
y debidamente fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada junto con los documentos que se
presenten.
En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el resto de la documentación requerida en el procedimiento, como el
justificante del pago de las tasas, la declaración responsable acreditativa de cumplir los requisitos establecidos en las
presente convocatoria y los requisitos del apartado b y c, así como presentar en el Servicio de Recursos Humanos del
Ayuntamiento de Badajoz, sita plaza de la Soledad número 7, 06001, Badajoz, la memoria requerida en los términos
establecidos en el apartado 1 de la base séptima, tercer ejercicio.
La simple cumplimentación de la solicitud vía internet no exime de su presentación en uno de los registros oficiales
indicados anteriormente, ni de hacerlo en el plazo indicado en el apartado 1 de la presente base. Tampoco exime al
aspirante del requisito de proceder a su firma ni de abonar la correspondiente tasa por derechos de examen.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en
las presentes bases.
Quinta.- Admisión de aspirantes.
1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde Presidente de la Corporación dictará resolución
declarando aprobada la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en la página web del Ayuntamiento de Badajoz, se hará pública la lista completa
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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general.
En cualquier caso, habrá de acreditarse la condición de familia numerosa.
c) Estarán exentos del pago de la tasa los demandantes de empleo, que tendrán que acreditar
su condición mediante la presentación, conjuntamente, de los siguientes documentos:
Fotocopia de la demanda de empleo vigente y debidamente renovada/actualizada por el Servicio Público de Empleo
correspondiente. En caso de que el interesado selle la tarjeta por medios electrónicos deberá aportar el justificante
que acredite haberla sellado por dichos medios.
Presentación de vida laboral de la Seguridad Social actualizada a fecha de presentación de la solicitud.
No se admitirá ningún otro certificado, informe o documento distinto de los mencionados en los dos párrafos anteriores al
objeto de acreditar la condición de demandante de empleo a fecha de presentación de la solicitud.
Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan quedado definitivamente
excluidos de las pruebas selectivas. A tales efectos, el reintegro se realizará previa solicitud del interesado. No se procederá
a la devolución de tasas en los supuestos de exclusión de participación en las pruebas selectivas por causa imputable a la
persona interesada.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y
forma de la solicitud.
4. El abono de tasas se realizará a través del enlace pago de tasas, existiendo dos opciones:
Opción A: Se generará modelo de autoliquidación y con ella los interesados deberán ir a las entidades
bancarias Ibercaja, Unicaja o Caixa para hacer el abono, ya sea por caja o por cajero automático. En el
supuesto de que se abone por caja, la autoliquidación vendrá sellada o validada mecánicamente por la
entidad bancaria, si se opta por el cajero automático la autoliquidación deberá venir acompañada del
resguardo emitido con el código de validación.
Opción B: Continuar con la pasarela de pago y realizar el abono a través de tarjeta bancaria, generándose una
vez finalizado el pago un documento con un código seguro de verificación.
5. Formas y lugares de presentación de la solicitud:
Cumplimentada y firmada la solicitud la persona aspirante podrá presentar telemáticamente la solicitud generada en el
paso a través del archivo presentación de solicitudes o a través del Registro general de este Ayuntamiento o en la forma
establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. La documentación que sea presentada a través de oficinas de correos deberá ir en sobre abierto
y debidamente fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada junto con los documentos que se
presenten.
En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el resto de la documentación requerida en el procedimiento, como el
justificante del pago de las tasas, la declaración responsable acreditativa de cumplir los requisitos establecidos en las
presente convocatoria y los requisitos del apartado b y c, así como presentar en el Servicio de Recursos Humanos del
Ayuntamiento de Badajoz, sita plaza de la Soledad número 7, 06001, Badajoz, la memoria requerida en los términos
establecidos en el apartado 1 de la base séptima, tercer ejercicio.
La simple cumplimentación de la solicitud vía internet no exime de su presentación en uno de los registros oficiales
indicados anteriormente, ni de hacerlo en el plazo indicado en el apartado 1 de la presente base. Tampoco exime al
aspirante del requisito de proceder a su firma ni de abonar la correspondiente tasa por derechos de examen.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en
las presentes bases.
Quinta.- Admisión de aspirantes.
1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde Presidente de la Corporación dictará resolución
declarando aprobada la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en la página web del Ayuntamiento de Badajoz, se hará pública la lista completa
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