Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05790/2023)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz que cuenten con Universidades Populares durante 2024
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Delegación de Cultura, Deportes y Juventud
Anuncio 5790/2023
otorgada habrá de efectuarse con fecha límite del 31 de enero de 2025. No obstante la justificación podrá
presentarse desde la fecha de finalización de la actividad subvencionada, finalizado o no el plazo de ejecución,
hasta el 31 de enero de 2025.
B. Forma de remisión de la Justificación: El expediente justificativo se tramitará exclusivamente a través del
registro electrónico, ubicado en la sede electrónica de Diputación de Badajoz en la dirección
https://sede.dip-badajoz.es, conforme a la Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo
electrónico y del registro electrónico en la Diputación de Badajoz y sus entidades y organismos dependientes,
y en aplicación de la legislación de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán
descargar en las siguientes direcciones Web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
C. Justificación Técnica. Se deberá presentar la siguiente documentación:
Memoria final firmada por el representante legal de la entidad en la que se haga referencia a las
actividades realizadas y a los resultados obtenidos, y que adjuntará copia del material documental e
informativo (gráfico, digital o audiovisual) a que ha dado lugar el proyecto, destacando dónde se ha
hecho constar la colaboración de Diputación y su imagen corporativa. Además deberá incluir
declaración en la que se indique que el objeto de la subvención se ha ejecutado y que la subvención
concedida ha sido destinada a los fines para los cuales se otorgó.
La exigencia sobre la obligación de difundir que la actividad ha sido subvencionada por esta Diputación, esta
referida a que el beneficiario debe hacer mención a esta colaboración a través de las diferentes notas de
prensa que pudiera publicar, contenidos disponibles en páginas web, entrevistas que les realicen, foros a los
que asistan, videos que editen, cartelería u otros similares donde difundan la actividad subvencionada,
haciendo constar siempre la imagen corporativa de esta Diputación. De todo ello deberán dejar constancia en
la memoria que aporten con la justificación.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas, mediante la
presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías, vídeos u otros soportes
digitales con un tamaño superior al permitido por la sede electrónica solicitará al correo ofsubvenciones@dipbadajoz.es, la autorización para el acceso a la plataforma de intercambio de documentación MERCURIO para
su aportación.
No se admitirá la aportación física de esta documentación.
En lo relativo a la difusión y publicidad de las subvenciones concedidas por Diputación de Badajoz se estará a
lo dispuesto en el manual de difusión de la actividad subvencionada que se encuentra disponible en la página
web
de
Diputación
de
Badajoz
en
el
siguiente
enlace
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
Anexo V de indicadores de resultado y actividad establecidos en la base 12 de la convocatoria.
D. Justificación económica.
D.1.- Importe a justificar.
Como regla general y como mínimo, el importe a justificar es el que resulte de la resolución de
concesión, en su caso, reformulada, respetando el objeto y la finalidad del proyecto. No
obstante, según lo establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, cuando las actividades hayan sido cofinanciadas, además de con la
subvención de Diputación, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá
acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las
actividades subvencionadas.
De no justificarse así, se incurrirá en causa de reintegro y se procederá a incoar por la
Diputación de Badajoz expediente de reintegro de subvención a efectos de exigir la subvención
en el porcentaje correspondiente al importe no justificado.
D.2.- Documentación a aportar.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 13 de 23
Anuncio 5790/2023
otorgada habrá de efectuarse con fecha límite del 31 de enero de 2025. No obstante la justificación podrá
presentarse desde la fecha de finalización de la actividad subvencionada, finalizado o no el plazo de ejecución,
hasta el 31 de enero de 2025.
B. Forma de remisión de la Justificación: El expediente justificativo se tramitará exclusivamente a través del
registro electrónico, ubicado en la sede electrónica de Diputación de Badajoz en la dirección
https://sede.dip-badajoz.es, conforme a la Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo
electrónico y del registro electrónico en la Diputación de Badajoz y sus entidades y organismos dependientes,
y en aplicación de la legislación de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán
descargar en las siguientes direcciones Web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
C. Justificación Técnica. Se deberá presentar la siguiente documentación:
Memoria final firmada por el representante legal de la entidad en la que se haga referencia a las
actividades realizadas y a los resultados obtenidos, y que adjuntará copia del material documental e
informativo (gráfico, digital o audiovisual) a que ha dado lugar el proyecto, destacando dónde se ha
hecho constar la colaboración de Diputación y su imagen corporativa. Además deberá incluir
declaración en la que se indique que el objeto de la subvención se ha ejecutado y que la subvención
concedida ha sido destinada a los fines para los cuales se otorgó.
La exigencia sobre la obligación de difundir que la actividad ha sido subvencionada por esta Diputación, esta
referida a que el beneficiario debe hacer mención a esta colaboración a través de las diferentes notas de
prensa que pudiera publicar, contenidos disponibles en páginas web, entrevistas que les realicen, foros a los
que asistan, videos que editen, cartelería u otros similares donde difundan la actividad subvencionada,
haciendo constar siempre la imagen corporativa de esta Diputación. De todo ello deberán dejar constancia en
la memoria que aporten con la justificación.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas, mediante la
presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías, vídeos u otros soportes
digitales con un tamaño superior al permitido por la sede electrónica solicitará al correo ofsubvenciones@dipbadajoz.es, la autorización para el acceso a la plataforma de intercambio de documentación MERCURIO para
su aportación.
No se admitirá la aportación física de esta documentación.
En lo relativo a la difusión y publicidad de las subvenciones concedidas por Diputación de Badajoz se estará a
lo dispuesto en el manual de difusión de la actividad subvencionada que se encuentra disponible en la página
web
de
Diputación
de
Badajoz
en
el
siguiente
enlace
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
Anexo V de indicadores de resultado y actividad establecidos en la base 12 de la convocatoria.
D. Justificación económica.
D.1.- Importe a justificar.
Como regla general y como mínimo, el importe a justificar es el que resulte de la resolución de
concesión, en su caso, reformulada, respetando el objeto y la finalidad del proyecto. No
obstante, según lo establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, cuando las actividades hayan sido cofinanciadas, además de con la
subvención de Diputación, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá
acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las
actividades subvencionadas.
De no justificarse así, se incurrirá en causa de reintegro y se procederá a incoar por la
Diputación de Badajoz expediente de reintegro de subvención a efectos de exigir la subvención
en el porcentaje correspondiente al importe no justificado.
D.2.- Documentación a aportar.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 13 de 23