Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (06183/2023)
Bases específicas con convocatoria reguladoras para la concesión de los VII Premios de la Provincia de Badajoz 2024
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales

Anuncio 6183/2023

2.- Podrán ser propuestos como candidatos/as aquellas asociaciones, federaciones, personas físicas o jurídicas, públicas o
privadas, o entidades vinculadas a la provincia de Badajoz o a cualesquiera de sus municipios que, por su trabajo, actividad,
trayectoria, compromiso o dedicación, contribuyan o hayan destacado en la consecución de valores relacionados con los
ámbitos de la actividad humana recogidos en el base 2; así como por el respeto de los derechos fundamentales de las
personas y de los valores democráticos, la protección del medio ambiente o la integración social y laboral. No podrán
proponerse candidatos/as cuyos trabajos o proyectos hayan sido premiados o subvencionados por la Diputación de Badajoz
durante los doce meses anteriores a la publicación de la presente convocatoria.
3.- Estas solicitudes deberán cumplir los siguientes requisitos:
Las solicitudes deberán identificar con nombres y apellidos o denominación social la candidatura y deberán indicar, a
decisión de la Institución proponente, la modalidad de premio que se considera más adecuada por los méritos de la
misma.
Las solicitudes deberán acompañarse de los siguientes documentos:
a) Certificado expedido por la Secretaría u órgano equivalente de la entidad solicitante que acredite que la
solicitud se ha formulado por el órgano competente.
b) Memoria justificativa de las razones y méritos que, a juicio de la entidad solicitante, hagan la candidatura
propuesta merecedora de la concesión del premio, identificando las personas, proyectos, actividades o
trabajos que hayan contribuido en mayor medida a dicho merecimiento.
En el caso del premio especial "Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y Agenda 2030", en la provincia, las
solicitudes deberán ser presentadas por los propios centros educativos de la Provincia de Badajoz según el
modelo que figura en el anexo II de esta convocatoria y dirigidas al Presidente de la Diputación de Badajoz.
Conjuntamente con la solicitud debidamente cumplimentada, se adjuntarán los siguientes documentos en
soporte físico o informático:
a) Memoria técnica de la actuación o actuaciones realizadas que explique claramente los
Objetivos de Desarrollo Sostenible y las metas correspondientes a los que aluden los trabajos
presentados así como el proceso de participación del alumnado en el desarrollo de los mismos
(n.º de participantes, metodología utilizada, implicación del centro y su entorno, profesorado,
procedimientos y recursos utilizados, temporalización, etc.) y la valoración de los resultados y
los beneficios alcanzados tanto para el centro como para las personas participantes y/o para la
sociedad, si su proyección ha sido externalizada.
b) Certificado de la Dirección del Centro candidato con el nombre de la persona/s docente
responsable/s de coordinar la experiencia educativa presentada.

4. La Diputación de Badajoz podrá en cualquier momento requerir a la entidad solicitante la exhibición del documento o de
la información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La
aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal
contenida en tales documentos.
5. El órgano instructor del procedimiento será la Dirección del Área de Presidencia y Relaciones Institucionales de la
Diputación de Badajoz.
6. El procedimiento de concesión de los premios, en lo no previsto expresamente por esta convocatoria, se regirá por lo
establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común; y en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Base 7. Presentación y tramitación de las solicitudes.
1. El plazo de presentación de las solicitudes será hasta el próximo 29 de febrero de 2024, contados a partir del siguiente al
de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, las solicitudes se presentarán por medios electrónicos a través de la sede electrónica de la Diputación de Badajoz
en la dirección https://sede.dip-badajoz.es y a través de los formatos habilitados para ello.
3. Las solicitudes electrónicas mencionadas en el apartado anterior deberán contener la firma electrónica requerida por el
Reglamento de registro electrónico de la Diputación de Badajoz, publicado en el BOP n.º 181, de 19 de septiembre de 2008, y
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 5 de 13