Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05753/2023)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de la concesión de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a las Federaciones Deportivas de Extremadura para la ejecución de proyectos deportivos durante el año 2024
30 páginas totales
Página
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Delegación de Cultura, Deportes y Juventud

Anuncio 5753/2023

Tipo de gastos

Importe (€)

% sobre el total de gastos

Modo de pago

Proyectos realizados por terceros
Prestación de servicios
Publicidad, propaganda, cartelería
Otra tipología de gasto
(habilitar otras filas si se considera necesario)
Coste total actividad subvencionada:
3.2. Relación de gastos financiados con la subvención de Diputación:

N.º
orden
(**)

Descripción del
gasto

Proveedor

N.º
factura

Fecha
factura

Fecha
pago

Importe total
factura (€)

Importe financiado
con la subvención de
Diputación (€)

Total:
** Esta relación debe soportarse con los respectivos justificantes de los gastos devengados y de los pagos
efectuados. Los justificantes se presentarán numerados y se relacionarán en este cuadro con ese mismo
número de orden.
Nota: Cuando se trate de gastos en moneda extranjera se habilitará, además, una columna para el importe en
divisa y otra para el cambio a euros considerado.
Condición de exento/no exento como sujeto pasivo IVA:
Se ha considerado mayor gasto justificable el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, IVA, de las
facturas relacionadas, puesto que por tener el beneficiario la condición de sujeto pasivo exento de tal
impuesto, no es deducible el IVA soportado en las adquisiciones de bienes y prestación de servicios
destinados a la ejecución de las actividades propias de su condición.
No se ha considerado mayor gasto justificable el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, IVA, de las
facturas relacionadas puesto que es deducible el IVA soportado en las adquisiciones de bienes y prestación de
servicios destinados a la ejecución de las actividades propias de su condición.
Nota: Las entidades sin ánimo de lucro no están exentas de ser sujeto pasivo del IVA cuando entreguen
bienes o servicios no exentos.
3.3. Relación de gastos financiados con fondos propios de la entidad solicitante u otras subvenciones o recursos.

N.º
orden
(*)

Descripción del
gasto

Proveedor

N.º
factura

Fecha
factura

Importe
total fra. (€)
(*)

Importe financiado
con fondos
propios u otras
subv. o recursos (€)

Entidad
financiadora
(**)

Total:
* No se requieren documentos justificativos ni de gastos ni de pagos.
** En la columna de "Entidad financiadora" deberá indicarse la entidad que financia el gasto de forma que, el
sumatorio de los gastos por entidad financiadora debe coincidir con lo imputado en los apartados 2.8 y 2.9.
anteriores.
Nota: Cuando se trate de gastos en moneda extranjera se habilitará, además, una columna para el importe en
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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