Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo "Escuela de Tauromaquia" (Badajoz). Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (06184/2023)
Bases de la convocatoria de oferta de plazas de alumnado en la Escuela Provincial de Tauromaquia de la Diputación de Badajoz para el curso 2024
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Organismo Autónomo "Escuela de Tauromaquia"
Anuncio 6184/2023
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los actos de las Administraciones
Públicas se presumen válidos y producen efectos desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se
disponga otra cosa. La eficacia queda demorada cuando así lo exija el contenido del acto o esté supeditada a
su notificación, publicación o aprobación superior.
Cuarto.- Dar traslado de la presente resolución a la Secretaría General de la Institución a efectos de poder dar
cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.d) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se
regula el régimen jurídico de los funcionarios de la administración local con habilitación nacional, a efectos de
la transcripción de la presente respecto a las funciones de fe publica que comprende "transcribir al libro de
resoluciones de la Presidencia las dictadas por aquélla y por los miembros de la Corporación que resuelven
por delegación de la misma".
Sexto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia para garantizar su divulgación
y facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto.
Lo dispone así la Diputada Delegado del OA Patronato Provincial de la Escuela de Tauromaquia, por decreto del Presidente
en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, PD, la Diputada Delegada del OA Patronato Provincial de la Escuela de
Tauromaquia (Decreto 1/07/2023, BOP 3/7/2023), María Concepción López López.
Por el Secretario General, Enrique Pedrero Balas, se toma razón, para su transcripción al libro electrónico de resoluciones, y
a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad, confidencialidad, protección y conservación de los
ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2, e) del Real Decreto128/2018, de 16 de
marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter
Nacional.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de
reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 14 , 25.1 y 46.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse
cualquier otro recurso que se estime procedente.
BASES REGULADORAS CONVOCATORIA ALUMNO ESCUELA DE TAUROMAQUIA 2024
Base n.º 1. Objeto de la convocatoria.
La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de selección del alumnado de la Escuela Provincial de
Tauromaquia de la Diputación de Badajoz, en relación a las plazas ofertadas, donde recibirán enseñanzas teórico-prácticas
relacionadas con las diversas suertes del toreo durante el curso 2024.
Base n.º 2. Número de plazas.
Se ofertan 50 plazas. Siendo posible la ampliación del numero de plazas siempre que se apruebe por el Consejo Rector ante
el informe justificado y emitido por el Coordinador y los Directores de la Escuela de Tauromaquia.
Base n.º 3. Instalaciones para la formación teórica y práctica.
Las clases teóricas y prácticas se celebrarán en las instalaciones de la Escuela Provincial de Tauromaquia de Diputación de
Badajoz, ubicada en la Plaza de Toros de Badajoz.
Base n.º 4. Fechas y horario.
El calendario lectivo, una vez sea resuelta la admisión y selección de los alumnos, se publicará en el tablón de anuncios de la
Escuela de Tauromaquia, conforme al programa de actividades aprobado.
Las clases tendrán lugar los lunes, miércoles y viernes en horario de 16:00h a 19:00h y los sábados en horario de 9:00 h a
12:00 h. Este horario puede variar según la estación del año, debido principalmente a condiciones meteorológicas y
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los actos de las Administraciones
Públicas se presumen válidos y producen efectos desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se
disponga otra cosa. La eficacia queda demorada cuando así lo exija el contenido del acto o esté supeditada a
su notificación, publicación o aprobación superior.
Cuarto.- Dar traslado de la presente resolución a la Secretaría General de la Institución a efectos de poder dar
cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.d) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se
regula el régimen jurídico de los funcionarios de la administración local con habilitación nacional, a efectos de
la transcripción de la presente respecto a las funciones de fe publica que comprende "transcribir al libro de
resoluciones de la Presidencia las dictadas por aquélla y por los miembros de la Corporación que resuelven
por delegación de la misma".
Sexto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia para garantizar su divulgación
y facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto.
Lo dispone así la Diputada Delegado del OA Patronato Provincial de la Escuela de Tauromaquia, por decreto del Presidente
en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, PD, la Diputada Delegada del OA Patronato Provincial de la Escuela de
Tauromaquia (Decreto 1/07/2023, BOP 3/7/2023), María Concepción López López.
Por el Secretario General, Enrique Pedrero Balas, se toma razón, para su transcripción al libro electrónico de resoluciones, y
a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad, confidencialidad, protección y conservación de los
ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2, e) del Real Decreto128/2018, de 16 de
marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter
Nacional.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de
reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 14 , 25.1 y 46.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse
cualquier otro recurso que se estime procedente.
BASES REGULADORAS CONVOCATORIA ALUMNO ESCUELA DE TAUROMAQUIA 2024
Base n.º 1. Objeto de la convocatoria.
La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de selección del alumnado de la Escuela Provincial de
Tauromaquia de la Diputación de Badajoz, en relación a las plazas ofertadas, donde recibirán enseñanzas teórico-prácticas
relacionadas con las diversas suertes del toreo durante el curso 2024.
Base n.º 2. Número de plazas.
Se ofertan 50 plazas. Siendo posible la ampliación del numero de plazas siempre que se apruebe por el Consejo Rector ante
el informe justificado y emitido por el Coordinador y los Directores de la Escuela de Tauromaquia.
Base n.º 3. Instalaciones para la formación teórica y práctica.
Las clases teóricas y prácticas se celebrarán en las instalaciones de la Escuela Provincial de Tauromaquia de Diputación de
Badajoz, ubicada en la Plaza de Toros de Badajoz.
Base n.º 4. Fechas y horario.
El calendario lectivo, una vez sea resuelta la admisión y selección de los alumnos, se publicará en el tablón de anuncios de la
Escuela de Tauromaquia, conforme al programa de actividades aprobado.
Las clases tendrán lugar los lunes, miércoles y viernes en horario de 16:00h a 19:00h y los sábados en horario de 9:00 h a
12:00 h. Este horario puede variar según la estación del año, debido principalmente a condiciones meteorológicas y
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