Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendral. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (06148/2023)
Aprobación definitiva de la modificación de crédito número 6/2023 del Ayuntamiento de Almendral
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Almendral
Anuncio 6148/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Almendral
Almendral (Badajoz)
Anuncio 6148/2023
Aprobación definitiva de la modificación de crédito número 6/2023 del Ayuntamiento de Almendral
APROBACIÓN DEFINITIVA
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Almendral, por el que se aprueba definitivamente la modificación de créditos
número 6/2023 del presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones de distintas áreas
de gasto.
Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto,
al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por
remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Bajas en aplicaciones de gastos:
Aplicación
Descripción
Créditos
Disponibles
Progr. Económica
Créditos a
transferir
Créditos
finales
Justificación
920
13000
Laboral fijo
31.986,26 €
31.986,26 €
0,00 € Jubilación personal
financiado con este
crédito que no se prevé
reponer en esta
anualidad
450
63203
Piscina municipal
(con TMS)
22.000,00 €
22.000,00 €
0,00 € No se ha realizado la
obra
929
22699
Otros gastos
diversos
24.649,06 €
18.000,00 €
6.649,06 € No se ejecutan la
totalidad
80.635,32 €
71.986,26 €
6.649,06 €
Total:
Altas en aplicaciones de gastos:
Aplicación
Descripción
Progr. Económica
330
22608
Cultura U.P
340
22608
338
22609
943
410
Créditos
iniciales
Créditos a
incorporar
17.700,00 €
31.986,26 €
Deportes
2.900,00 €
10.000,00 €
Festejos
populares
40.000,00 €
12.000,00 €
Trans a CEE San
Matías
28.000,00 €
18.000,00 €
88.600,00 €
71.986,26 €
Total:
Modificaciones de
créditos anteriores
22.215,00 €
Créditos finales
71.901,26 €
12.900,00 €
15.000,00 €
67.000,00 €
46.000,00 €
37.215,00 €
197.801,26 €
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Almendral, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Juan Francisco Torrescusa Moreno.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 3
Anuncio 6148/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Almendral
Almendral (Badajoz)
Anuncio 6148/2023
Aprobación definitiva de la modificación de crédito número 6/2023 del Ayuntamiento de Almendral
APROBACIÓN DEFINITIVA
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Almendral, por el que se aprueba definitivamente la modificación de créditos
número 6/2023 del presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones de distintas áreas
de gasto.
Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto,
al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por
remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Bajas en aplicaciones de gastos:
Aplicación
Descripción
Créditos
Disponibles
Progr. Económica
Créditos a
transferir
Créditos
finales
Justificación
920
13000
Laboral fijo
31.986,26 €
31.986,26 €
0,00 € Jubilación personal
financiado con este
crédito que no se prevé
reponer en esta
anualidad
450
63203
Piscina municipal
(con TMS)
22.000,00 €
22.000,00 €
0,00 € No se ha realizado la
obra
929
22699
Otros gastos
diversos
24.649,06 €
18.000,00 €
6.649,06 € No se ejecutan la
totalidad
80.635,32 €
71.986,26 €
6.649,06 €
Total:
Altas en aplicaciones de gastos:
Aplicación
Descripción
Progr. Económica
330
22608
Cultura U.P
340
22608
338
22609
943
410
Créditos
iniciales
Créditos a
incorporar
17.700,00 €
31.986,26 €
Deportes
2.900,00 €
10.000,00 €
Festejos
populares
40.000,00 €
12.000,00 €
Trans a CEE San
Matías
28.000,00 €
18.000,00 €
88.600,00 €
71.986,26 €
Total:
Modificaciones de
créditos anteriores
22.215,00 €
Créditos finales
71.901,26 €
12.900,00 €
15.000,00 €
67.000,00 €
46.000,00 €
37.215,00 €
197.801,26 €
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Almendral, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Juan Francisco Torrescusa Moreno.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 3