Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdehornillos. (06109/2023)
Convocatoria de ayudas para suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de Valdehornillos para el año 2023
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Ayuntamiento de Valdehornillos
Anuncio 6109/2023
beneficiario del mismo.
Quinta.- Procedimiento.
1. La instrucción del procedimiento se realizará por el Servicio Social de Atención Social Básica, con sujeción a lo establecido
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. El citado Servicio Social de Atención Social Básica instruirá el procedimiento, comprobando la solicitud y documentación
presentada, así como el cumplimiento de los requisitos específicos para la concesión de ayudas para suministros mínimos
vitales.
A tales efectos, podrán pedir cuantos datos e informes sean necesarios a otras instituciones o entidades públicas y privadas
o a la propia persona solicitante, limitándose a aquellos que resulten imprescindibles para la comprobación del
cumplimiento por parte de la persona solicitante de los requisitos que se exigen para acceder a la prestación.
3. Por resolución de la Alcaldía se otorgarán las ayudas procedentes a las personas que conste que reúnen los requisitos en
la relación que a tal efecto sea elevada por el Servicio Social de Atención Social Básica o, en su caso, previo informepropuesta de Secretaría.
4. Los beneficiarios de las ayudas están obligados a suministrar toda la información que se les requiera por parte del
Ayuntamiento de Valdehornillos.
Sexta.- Solicitudes y documentación.
1. Los destinatarios presentarán las solicitudes (anexo I) y la indicación expresa de que reúnen todos y cada uno de los
requisitos exigidos en la convocatoria, adjuntado, en todo caso la documentación necesaria que acredite las circunstancias
alegadas de posible valoración.
- Copia auténtica del DNI/NIE de todos los miembros que integran la unidad de convivencia en el caso de que
sean mayores de 14 años.
- En caso de ciudadanos de otro Estado de la Unión Europea, documento de identidad o pasaporte en vigor de
su Estado acompañado del certificado de inscripción en el Registro de Ciudadanos de la Unión.
- En el caso de ciudadanos de Estados que no formen parte de la Unión Europea, tarjeta de residencia en
vigor.
- Certificado de convivencia.
- Copia auténtica de la sentencia y del convenio regulador en caso de nulidad, separación, divorcio o ruptura
de convivencia.
- Informe de vida laboral actualizado de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años.
- Justificantes de ingresos económicos de todos los miembros de la unidad de convivencia correspondientes a
los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
- Informe de jornadas reales para trabajadores agrícolas.
- Nóminas.
- Certificado de prestaciones sociales del INSS.
- Certificado de prestaciones del SEPE.
- Aquellas personas que no acrediten ingresos, deberán aportar certificados negativos del SEPE, del INSS y de
la Junta de Extremadura.
- Facturas impagadas o ya abonadas, detallándolas de forma diferenciada en la solicitud (anexo I).
- Si tiene hipoteca, copia auténtica del documento que lo acredite y justificante del pago de los recibos de los
tres últimos meses.
- Si tiene alquiler, copia auténtica del contrato y copia de los recibos de los tres últimos meses.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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beneficiario del mismo.
Quinta.- Procedimiento.
1. La instrucción del procedimiento se realizará por el Servicio Social de Atención Social Básica, con sujeción a lo establecido
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. El citado Servicio Social de Atención Social Básica instruirá el procedimiento, comprobando la solicitud y documentación
presentada, así como el cumplimiento de los requisitos específicos para la concesión de ayudas para suministros mínimos
vitales.
A tales efectos, podrán pedir cuantos datos e informes sean necesarios a otras instituciones o entidades públicas y privadas
o a la propia persona solicitante, limitándose a aquellos que resulten imprescindibles para la comprobación del
cumplimiento por parte de la persona solicitante de los requisitos que se exigen para acceder a la prestación.
3. Por resolución de la Alcaldía se otorgarán las ayudas procedentes a las personas que conste que reúnen los requisitos en
la relación que a tal efecto sea elevada por el Servicio Social de Atención Social Básica o, en su caso, previo informepropuesta de Secretaría.
4. Los beneficiarios de las ayudas están obligados a suministrar toda la información que se les requiera por parte del
Ayuntamiento de Valdehornillos.
Sexta.- Solicitudes y documentación.
1. Los destinatarios presentarán las solicitudes (anexo I) y la indicación expresa de que reúnen todos y cada uno de los
requisitos exigidos en la convocatoria, adjuntado, en todo caso la documentación necesaria que acredite las circunstancias
alegadas de posible valoración.
- Copia auténtica del DNI/NIE de todos los miembros que integran la unidad de convivencia en el caso de que
sean mayores de 14 años.
- En caso de ciudadanos de otro Estado de la Unión Europea, documento de identidad o pasaporte en vigor de
su Estado acompañado del certificado de inscripción en el Registro de Ciudadanos de la Unión.
- En el caso de ciudadanos de Estados que no formen parte de la Unión Europea, tarjeta de residencia en
vigor.
- Certificado de convivencia.
- Copia auténtica de la sentencia y del convenio regulador en caso de nulidad, separación, divorcio o ruptura
de convivencia.
- Informe de vida laboral actualizado de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años.
- Justificantes de ingresos económicos de todos los miembros de la unidad de convivencia correspondientes a
los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
- Informe de jornadas reales para trabajadores agrícolas.
- Nóminas.
- Certificado de prestaciones sociales del INSS.
- Certificado de prestaciones del SEPE.
- Aquellas personas que no acrediten ingresos, deberán aportar certificados negativos del SEPE, del INSS y de
la Junta de Extremadura.
- Facturas impagadas o ya abonadas, detallándolas de forma diferenciada en la solicitud (anexo I).
- Si tiene hipoteca, copia auténtica del documento que lo acredite y justificante del pago de los recibos de los
tres últimos meses.
- Si tiene alquiler, copia auténtica del contrato y copia de los recibos de los tres últimos meses.
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