Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (06088/2023)
Extracto de las bases reguladoras de la segunda convocatoria de subvenciones en especie a favor de los municipios y entidades locales menores para poner a su disposición elementos de accesibilidad para personas con discapacidad, anualidad 2023
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Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio
Anuncio 6088/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio
Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos
Badajoz
Anuncio 6088/2023
Extracto de las bases reguladoras de la segunda convocatoria de subvenciones en especie a favor de los municipios y
entidades locales menores para poner a su disposición elementos de accesibilidad para personas con discapacidad,
anualidad 2023
EXTRACTO DE LAS BASES REGULADORAS DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN ESPECIE A FAVOR DE LOS
MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES MENORES DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ PARA PONER A SU DISPOSICIÓN ELEMENTOS
DE ACCESIBILIDAD PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD ANUALIDAD 2023
BDNS (Identif.): 725769
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/725769).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Primero.- Objeto.
El objeto de estas bases consiste en el establecimiento de las normas reguladoras para el acceso a subvenciones públicas,
en régimen de concurrencia no competitiva ordinaria, de los municipios y entidades locales menores, reconocidas
oficialmente por el censo de la Junta de Extremadura, dentro la provincia de Badajoz que ponga a su disposición diferentes
elementos de accesibilidad que permitan la integración social de personas con discapacidad.
Segundo.- Beneficiarios
Podrán acceder a la condición de beneficiarios de estas subvenciones, aquellos municipios y entidades locales menores de
la provincia de Badajoz que tengan necesidad de disponer de elementos de accesibilidad siempre que reúnan los requisitos
que para cada uno de ellos se establecen en la base reguladora 9, a excepción de los que fueron beneficiarios de la primera
convocatoria del año 2023, mediante resolución de fecha 14 de junio de 2023.
Tercero.- Dotación subvención del Plan.
De conformidad con lo previsto en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, el importe total de estas
ayudas se encuentra consignado en la aplicación presupuestaria 315/23107/76200/1000 del proyecto de presupuesto
general de Diputación de Badajoz para el ejercicio económico 2023, dotada con doscientos siete mil doscientos cuarenta y
siete euros con treinta céntimos (207.247,30 €).
Cuarto.- Solicitudes.
Se establece un plazo de 7 días hábiles para la presentación de solicitudes, contados a partir del día siguiente a la
publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. No obstante, lo anterior, el extracto de la
convocatoria será objeto de publicación también en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Si el último día fuera inhábil
se entenderá por último día del plazo el siguiente día hábil.
Las solicitudes, conforme al modelo normalizado, se tramitarán únicamente a través de de la Sede electrónica, ubicada en
la página principal de la Diputación de Badajoz, en la siguiente dirección:
https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=entidades.
Los anexos que se tienen que adjuntar obligatoriamente estarán disponibles en los siguientes enlaces web:
http://imot.dip-badajoz.es/subvenciones
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Extracto de las bases reguladoras de la segunda convocatoria de subvenciones en especie a favor de los municipios y
entidades locales menores para poner a su disposición elementos de accesibilidad para personas con discapacidad,
anualidad 2023
EXTRACTO DE LAS BASES REGULADORAS DE LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN ESPECIE A FAVOR DE LOS
MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES MENORES DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ PARA PONER A SU DISPOSICIÓN ELEMENTOS
DE ACCESIBILIDAD PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD ANUALIDAD 2023
BDNS (Identif.): 725769
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/725769).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Primero.- Objeto.
El objeto de estas bases consiste en el establecimiento de las normas reguladoras para el acceso a subvenciones públicas,
en régimen de concurrencia no competitiva ordinaria, de los municipios y entidades locales menores, reconocidas
oficialmente por el censo de la Junta de Extremadura, dentro la provincia de Badajoz que ponga a su disposición diferentes
elementos de accesibilidad que permitan la integración social de personas con discapacidad.
Segundo.- Beneficiarios
Podrán acceder a la condición de beneficiarios de estas subvenciones, aquellos municipios y entidades locales menores de
la provincia de Badajoz que tengan necesidad de disponer de elementos de accesibilidad siempre que reúnan los requisitos
que para cada uno de ellos se establecen en la base reguladora 9, a excepción de los que fueron beneficiarios de la primera
convocatoria del año 2023, mediante resolución de fecha 14 de junio de 2023.
Tercero.- Dotación subvención del Plan.
De conformidad con lo previsto en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, el importe total de estas
ayudas se encuentra consignado en la aplicación presupuestaria 315/23107/76200/1000 del proyecto de presupuesto
general de Diputación de Badajoz para el ejercicio económico 2023, dotada con doscientos siete mil doscientos cuarenta y
siete euros con treinta céntimos (207.247,30 €).
Cuarto.- Solicitudes.
Se establece un plazo de 7 días hábiles para la presentación de solicitudes, contados a partir del día siguiente a la
publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. No obstante, lo anterior, el extracto de la
convocatoria será objeto de publicación también en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Si el último día fuera inhábil
se entenderá por último día del plazo el siguiente día hábil.
Las solicitudes, conforme al modelo normalizado, se tramitarán únicamente a través de de la Sede electrónica, ubicada en
la página principal de la Diputación de Badajoz, en la siguiente dirección:
https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=entidades.
Los anexos que se tienen que adjuntar obligatoriamente estarán disponibles en los siguientes enlaces web:
http://imot.dip-badajoz.es/subvenciones
http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
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