Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (06096/2023)
Aprobación definitiva de expediente de modificación presupuestaria 011/2023
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Jerez de los Caballeros (Badajoz)
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Aprobación definitiva de expediente de modificación presupuestaria 011/2023

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente modificación presupuestaria 011/2023: Crédito extraordinario
(adquisición solar colindante parque de Santa Lucía), financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, se publica el
mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, de acuerdo con el
siguiente detalle:
CRÉDITO EXTRAORDINARIO 2023-04

Aplicación presupuestaria
459 / 600.00

Denominación
Adquisición solar parque
Santa Lucía

Total créditos =

Crédito
inicial

Modificación
(incremento)

Crédito definitivo

0,00 €

70.000,00 €

70.000,00 €

0,00 €

70.000,00 €

70.000,00 €

El anterior importe se financia mediante:
c) Con cargo al Remanente de Tesorería disponible para gastos generales:

Aplicación
presupuestaria

Denominación

870.00

Remanente de tesorería para
gastos generales (RTGG)

Total remanente utilizado:

Previsión
inicial

Modificación
(incremento)

Previsión
definitiva

0,00 €

70.000,00 €

70.000,00 €

0,00 €

70.000,00 €

70.000,00 €

Total financiación:

70.000,00 €

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura
en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Jerez de los Caballeros, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Raúl Gordillo Barroso.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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