Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trasierra. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (05986/2023)
Aprobación definitiva del expediente 09/2023 de crédito extraordinario financiado con nuevos y/o mayores ingresos
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Ayuntamiento de Trasierra
Anuncio 5986/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Trasierra
Trasierra (Badajoz)
Anuncio 5986/2023
Aprobación definitiva del expediente 09/2023 de crédito extraordinario financiado con nuevos y/o mayores ingresos
ACUERDO DEL PLENO DE FECHA 29/09/2023 DE LA ENTIDAD DE TRASIERRA POR EL QUE SE APRUEBA DEFINITIVAMENTE LA
MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS N. º 09/2023 DEL PRESUPUESTO EN VIGOR, EN LA MODALIDAD DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO,
CON CARGO A NUEVOS Y/O MAYORES INGRESOS
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario, financiado con cargo a nuevos y/o mayores
ingresos, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo
169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Suplemento en aplicaciones de gastos
Aplicación
Descripción
Créditos iniciales
Crédito extraordinario Créditos finales
Progr. Económica
454
21000
Reparación de caminos
vecinales
0,00 €
4.077,70 €
Total:
4.077,70 €
4.077,70 €
Esta modificación se financia con cargo a nuevos y/o mayores ingresos, en los siguientes términos:
Suplemento en concepto de ingresos
Aplicación: Económica
39800
Descripción
Indemnizaciones de seguros de no vida
Total ingresos:
Presupuestado Recaudado
0,00 €
4.077,70 €
4.077,70 €
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Trasierra, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Jesús Santos Herrojo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS N. º 09/2023 DEL PRESUPUESTO EN VIGOR, EN LA MODALIDAD DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO,
CON CARGO A NUEVOS Y/O MAYORES INGRESOS
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario, financiado con cargo a nuevos y/o mayores
ingresos, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo
169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Suplemento en aplicaciones de gastos
Aplicación
Descripción
Créditos iniciales
Crédito extraordinario Créditos finales
Progr. Económica
454
21000
Reparación de caminos
vecinales
0,00 €
4.077,70 €
Total:
4.077,70 €
4.077,70 €
Esta modificación se financia con cargo a nuevos y/o mayores ingresos, en los siguientes términos:
Suplemento en concepto de ingresos
Aplicación: Económica
39800
Descripción
Indemnizaciones de seguros de no vida
Total ingresos:
Presupuestado Recaudado
0,00 €
4.077,70 €
4.077,70 €
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
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