Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de Mérida. (05942/2023)
Relación de aprobados para la cobertura de una plaza de Auxiliar Administrativo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Valverde de Mérida
Apellidos
Anuncio 5942/2023
Nombre
DNI
Fase oposición
Fase concurso
Calificación final
Torres Hurtado
María Esther
XXXX8615Y
47,364
7,285
54,649
Gómez Vaquero
Samuel
XXXX6191G
48,064
0,85
48,914
Segundo.- Atendiendo a la anterior lista, se propone el nombramiento a favor de:
Identidad del Aspirante
M.ª del Carmen Ruano Grajera
DNI
XXXX6698S
El aspirante propuesto deberá acreditar ante este Ayuntamiento, en el plazo de veinte días hábiles desde la
publicación del presente anuncio en el BOP los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria.
Se advierte que quienes, dentro del plazo indicado y, salvo los casos de fuerza mayor, no acrediten la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser
nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran
haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Tercero.- Asimismo, publicar en la sede electrónica de este Ayuntamiento y en el tablón de anuncios para
mayor difusión.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de
reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente
anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Mérida o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1,
regla segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación
del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Valverde de Mérida, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Antonio Acedo Frutos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Calificación final
Torres Hurtado
María Esther
XXXX8615Y
47,364
7,285
54,649
Gómez Vaquero
Samuel
XXXX6191G
48,064
0,85
48,914
Segundo.- Atendiendo a la anterior lista, se propone el nombramiento a favor de:
Identidad del Aspirante
M.ª del Carmen Ruano Grajera
DNI
XXXX6698S
El aspirante propuesto deberá acreditar ante este Ayuntamiento, en el plazo de veinte días hábiles desde la
publicación del presente anuncio en el BOP los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria.
Se advierte que quienes, dentro del plazo indicado y, salvo los casos de fuerza mayor, no acrediten la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser
nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran
haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Tercero.- Asimismo, publicar en la sede electrónica de este Ayuntamiento y en el tablón de anuncios para
mayor difusión.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de
reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente
anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Mérida o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1,
regla segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación
del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Valverde de Mérida, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Antonio Acedo Frutos.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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