Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Tentudía (Monesterio). Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (05909/2023)
Lista definitiva de admitidos y excluidos de la oferta de empleo público convocada por la Mancomunidad de Tentudía para cubrir tres plazas de Conductor Recogedor RSU.
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Mancomunidad de Tentudía

Anuncio 5909/2023

Vocales:
- Alberto Rafael Álvarez Recio (Personal funcionario de la Sección de Asesoramiento y Asistencia
en RRHH a EELL del Área de Cooperación Municipal-Oficialía Mayor).
- Marcelino Tinoco Candelario (Personal funcionario de la Consejería de Economía e
Infraestructuras)
- Pilar Cabeza Sánchez (Personal funcionaria del Ayuntamiento de Monesterio).
Suplentes:
- Juan Enrique Vión Pérez (Personal funcionario del Servicio de Transparencia, Calidad y
Atención Ciudadana-Área de Tecnología y Digitalización).
- Feliciano Flores Romero (Personal funcionario de la Consejería de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio).
Tercero.- Convocar a los miembros del Tribunal, el día 7 de noviembre del presente a las 9:00 horas en la sede
de la Mancomunidad de Tentudía (CID Tentudía).
Cuarto.- Publicar la relación definitiva de admitidos y excluidos en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de
Badajoz, en el tablón de anuncios de la Mancomunidad, así como en su página web.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición
potestativo ante la Presidencia de esta entidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este
edicto en el BOP, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su
publicación en el BOP, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de Julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativo. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda interponer otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Lo manda y firma la Sra. Presidenta D.ª Felicidad Hernández Sánchez, en Monesterio, a fecha de la firma electrónica.
Monesterio, a fecha de la firma digital.- La Presidenta, Felicidad Hernández Sánchez.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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