Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Segura de León. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05708/2023)
Resolución de Alcaldía número 819/2023, de fecha 19 de octubre de 2023, de delegación de funciones de la Alcaldesa-Presidenta
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Ayuntamiento de Segura de León
Anuncio 5708/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Segura de León
Segura de León (Badajoz)
Anuncio 5708/2023
Resolución de Alcaldía número 819/2023, de fecha 19 de octubre de 2023, de delegación de funciones de la AlcaldesaPresidenta
DELEGACIÓN FUNCIONES ALCALDESA-PRESIDENTA
Por resolución de Alcaldía número 2023/0819, de fecha 19 de octubre de 2023 se aprobó la resolución cuya parte dispositiva
se transcribe literalmente:
«RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Considerando que con fecha 4 de julio de 2023 se dictó resolución 2023/0335 de adjudicación de contrato menor de servicio
de reparación varias puertas y cerraduras en edificios municipales, resolución 2023/0336 de adjudicación de contrato menor
de servicios de montaje de casetas para actividades culturales y resolución 2023/0337 de adjudicación de contrato menor de
desperfectos casetas de madera por parte de don Manuel Fariñas Aguilar como Alcalde accidental.
Visto que por parte de esta Alcaldesa-Presidenta no se puede continuar con la tramitación de los expediente arriba
epigrafiados debiendo abstenerse de intervenir en todos los actos administrativos con efectos jurídicos a terceros que del
mismo se derivan al darse causa de abstención de conformidad con lo establecido el artículo 23.2 apartado b) de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En uso de las atribuciones que legalmente tengo conferidas, en especial de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 43 ROF,
RESUELVO:
Primero.- Delegar la competencia específica, salvo las mencionadas en los artículos 21.3 y 71 de la LRBRL 7/85,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en el Concejal y Primer Teniente Alcalde, don Manuel
Fariñas Aguilar, la dirección y gestión relativa a los siguientes proyectos iniciados por el mismo en mi ausencia
que a continuación se relacionan:
- Expediente 628/2023 de contrato menor de servicio de reparación varias puertas y cerraduras
en edificios municipales.
- Expediente 629/2023 de contrato menor de servicios de montaje de casetas para actividades
culturales.
- Expediente 630/2023 contrato menor de desperfectos casetas de madera.
Teniendo la delegación el carácter de especial, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 43.4 del
Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre.
La eficacia de la delegación se limitará al tiempo de gestión o ejecución del proyecto, es decir, hasta el 31 de
diciembre de 2023 y contendrá todas la competencias delegables de la Alcaldesa contenidas en el artículo 21
de la LRBRL 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local e incluirá la de emitir actos que
afecten a terceros.
Esta Alcaldía como órgano delegante conservará, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 115 del
Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre, las siguientes facultades en relación con las competencias delegadas:
1.ª.- La de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de los actos
o disposiciones emanados en virtud de la delegación.
2.ª.- La de ser informado previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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DELEGACIÓN FUNCIONES ALCALDESA-PRESIDENTA
Por resolución de Alcaldía número 2023/0819, de fecha 19 de octubre de 2023 se aprobó la resolución cuya parte dispositiva
se transcribe literalmente:
«RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Considerando que con fecha 4 de julio de 2023 se dictó resolución 2023/0335 de adjudicación de contrato menor de servicio
de reparación varias puertas y cerraduras en edificios municipales, resolución 2023/0336 de adjudicación de contrato menor
de servicios de montaje de casetas para actividades culturales y resolución 2023/0337 de adjudicación de contrato menor de
desperfectos casetas de madera por parte de don Manuel Fariñas Aguilar como Alcalde accidental.
Visto que por parte de esta Alcaldesa-Presidenta no se puede continuar con la tramitación de los expediente arriba
epigrafiados debiendo abstenerse de intervenir en todos los actos administrativos con efectos jurídicos a terceros que del
mismo se derivan al darse causa de abstención de conformidad con lo establecido el artículo 23.2 apartado b) de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En uso de las atribuciones que legalmente tengo conferidas, en especial de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 43 ROF,
RESUELVO:
Primero.- Delegar la competencia específica, salvo las mencionadas en los artículos 21.3 y 71 de la LRBRL 7/85,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en el Concejal y Primer Teniente Alcalde, don Manuel
Fariñas Aguilar, la dirección y gestión relativa a los siguientes proyectos iniciados por el mismo en mi ausencia
que a continuación se relacionan:
- Expediente 628/2023 de contrato menor de servicio de reparación varias puertas y cerraduras
en edificios municipales.
- Expediente 629/2023 de contrato menor de servicios de montaje de casetas para actividades
culturales.
- Expediente 630/2023 contrato menor de desperfectos casetas de madera.
Teniendo la delegación el carácter de especial, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 43.4 del
Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto
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La eficacia de la delegación se limitará al tiempo de gestión o ejecución del proyecto, es decir, hasta el 31 de
diciembre de 2023 y contendrá todas la competencias delegables de la Alcaldesa contenidas en el artículo 21
de la LRBRL 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local e incluirá la de emitir actos que
afecten a terceros.
Esta Alcaldía como órgano delegante conservará, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 115 del
Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre, las siguientes facultades en relación con las competencias delegadas:
1.ª.- La de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de los actos
o disposiciones emanados en virtud de la delegación.
2.ª.- La de ser informado previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.
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