Administración del Estado. Ministerios. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Confederación Hidrográfica del Guadiana. Dirección General del Agua (Badajoz). (04887/2023)
Convocatoria para levantamiento de actas previas a la ocupación y si procediese, de ocupación definitiva de bienes y/o derechos afectados por procedimientos expropiatorios del proyecto de saneamiento y depuración en Don Benito-Villanueva de la Serena
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Confederación Hidrográfica del Guadiana
Anuncio 4887/2023
FINCA POLÍGONO PARCELA
REFERENCIA CATASTRAL
PROPIETARIO
00157
30
311
06044A030003110000TI
Delgado Ortiz, Inmaculada
00157
30
311
06044A030003110000TI
Delgado Ortiz, María Josefa
Ayuntamiento de Don Benito (Badajoz). Convocatoria el día 25 de octubre de 2023, a las 10:00 horas.
FINCA POLÍGONO PARCELA
REFERENCIA CATASTRAL
PROPIETARIO
00158
30
312
06044A030003120000TJ
00001
224
39
06044A224000390000MA
Comunidad de Regantes del Canal del Zújar
00004
218
172
06044A218001720000MZ
Paredes Rodríguez, María Dolores
00005
218
173
06044A218001730000MU
Paredes Rodríguez, María Dolores
00009
218
102
06044A218001020000MJ
Sánchez Casilla, Francisco
00010
218
103
06044A218001030000ME
Ayuntamiento de Don Benito
00011
218
104
06044A218001040000MS
Sánchez Casilla, Francisco
00012
218
105
06044A218001050000MZ
Sánchez Casilla, Francisco
00014
218
175
06044A218001750000MW Parejo Ayuso, Antonio
Muñoz Gil, Purificación
A dicho acto deberá comparecer personalmente y la documentación a presentar en el levantamiento de actas será la
siguiente:
- DNI, pasaporte, permiso de conducir u otro documento equivalente del titular de la finca.
- En caso de actuar mediante representante, deberá aportarse un poder notarial, o bien un escrito de
autorización firmado por el titular, junto con una fotocopia de su DNI.
-En el supuesto de que varias personas sean titulares del bien y comparezca una sola de ellas, habrá de
adjuntarse la documentación señalada en el apartado anterior, es decir, la referente a la representación
válida.
- En los supuestos en que el titular de la finca sea persona distinta de quien figura en el acta previa de
ocupación, deberá aportar nota simple del registro de la propiedad en la que conste el polígono y parcela a
expropiar, certificación del Catastro, o cualquier otro documento público (contrato de compraventa, permuta,
donación o partición de herencia, etc.) en los que conste el nuevo/s titular/es. Los afectados pueden hacerse
acompañar, a su costa, de Perito y Notario, si lo estimasen oportuno.
Por último, para conseguir una mayor celeridad en el trámite económico del expediente expropiatorio, los titulares
expropiados podrían aportar el modelo del Tesoro Público de "designación de cuenta bancaria" cumplimentado
formalmente con sus datos bancarios.
Según el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, de 26 de abril de 1957, las personas que se
consideren afectadas podrán formular por escrito, ante esta confederación, hasta el momento del levantamiento de las
actas previas a la ocupación, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan podido producir al
relacionar los bienes afectados.
Lo que se hace público por medio del presente anuncio para que aquellos que se consideren perjudicados formulen por
escrito reclamaciones ante el Sr. Director Técnico de esta Confederación Hidrográfica del Guadiana -avenida Sinforiano
Madroñero, número 12, 06011 Badajoz- en el plazo de veinte días hábiles a contar desde la fecha de publicación de la
presente nota-extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en cuyo plazo y durante las horas hábiles de oficina,
se dará vista del mencionado proyecto en los locales de esta confederación en Don Benito, avenida de Badajoz, s/n.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Director General del Agua, PD. El Presidente de la Confederación Hidrográfica del
Guadiana, (Orden TED/533/2021, de 20 de mayo), Samuel Moraleda Ludeña.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Delgado Ortiz, Inmaculada
00157
30
311
06044A030003110000TI
Delgado Ortiz, María Josefa
Ayuntamiento de Don Benito (Badajoz). Convocatoria el día 25 de octubre de 2023, a las 10:00 horas.
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30
312
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00001
224
39
06044A224000390000MA
Comunidad de Regantes del Canal del Zújar
00004
218
172
06044A218001720000MZ
Paredes Rodríguez, María Dolores
00005
218
173
06044A218001730000MU
Paredes Rodríguez, María Dolores
00009
218
102
06044A218001020000MJ
Sánchez Casilla, Francisco
00010
218
103
06044A218001030000ME
Ayuntamiento de Don Benito
00011
218
104
06044A218001040000MS
Sánchez Casilla, Francisco
00012
218
105
06044A218001050000MZ
Sánchez Casilla, Francisco
00014
218
175
06044A218001750000MW Parejo Ayuso, Antonio
Muñoz Gil, Purificación
A dicho acto deberá comparecer personalmente y la documentación a presentar en el levantamiento de actas será la
siguiente:
- DNI, pasaporte, permiso de conducir u otro documento equivalente del titular de la finca.
- En caso de actuar mediante representante, deberá aportarse un poder notarial, o bien un escrito de
autorización firmado por el titular, junto con una fotocopia de su DNI.
-En el supuesto de que varias personas sean titulares del bien y comparezca una sola de ellas, habrá de
adjuntarse la documentación señalada en el apartado anterior, es decir, la referente a la representación
válida.
- En los supuestos en que el titular de la finca sea persona distinta de quien figura en el acta previa de
ocupación, deberá aportar nota simple del registro de la propiedad en la que conste el polígono y parcela a
expropiar, certificación del Catastro, o cualquier otro documento público (contrato de compraventa, permuta,
donación o partición de herencia, etc.) en los que conste el nuevo/s titular/es. Los afectados pueden hacerse
acompañar, a su costa, de Perito y Notario, si lo estimasen oportuno.
Por último, para conseguir una mayor celeridad en el trámite económico del expediente expropiatorio, los titulares
expropiados podrían aportar el modelo del Tesoro Público de "designación de cuenta bancaria" cumplimentado
formalmente con sus datos bancarios.
Según el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, de 26 de abril de 1957, las personas que se
consideren afectadas podrán formular por escrito, ante esta confederación, hasta el momento del levantamiento de las
actas previas a la ocupación, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan podido producir al
relacionar los bienes afectados.
Lo que se hace público por medio del presente anuncio para que aquellos que se consideren perjudicados formulen por
escrito reclamaciones ante el Sr. Director Técnico de esta Confederación Hidrográfica del Guadiana -avenida Sinforiano
Madroñero, número 12, 06011 Badajoz- en el plazo de veinte días hábiles a contar desde la fecha de publicación de la
presente nota-extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en cuyo plazo y durante las horas hábiles de oficina,
se dará vista del mencionado proyecto en los locales de esta confederación en Don Benito, avenida de Badajoz, s/n.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Director General del Agua, PD. El Presidente de la Confederación Hidrográfica del
Guadiana, (Orden TED/533/2021, de 20 de mayo), Samuel Moraleda Ludeña.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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