Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdelacalzada. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (05578/2023)
Designación de miembros de la Junta de Gobierno Local
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Ayuntamiento de Valdelacalzada

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Valdelacalzada
Valdelacalzada (Badajoz)
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Designación de miembros de la Junta de Gobierno Local

En la sesión extraordinaria celebrada por el pleno el día 28 de junio de 2023 se adoptó el siguiente acuerdo:
8. DAR CUENTA DE DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
La Alcaldía da cuenta al Pleno de la Corporación del Decreto de Alcaldía, de fecha 23 de junio de 2023, con el
siguiente tenor literal:
DECRETO DE ALCALDÍA
Visto que en este Ayuntamiento existe la Junta de Gobierno Local, el cual deberá asistir
permanente al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, así como ejercer las atribuciones que
le deleguen el Alcalde o el Pleno.
Visto que, de conformidad con los artículos 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, 43, 46 y 52 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el
que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales, esta Alcaldía es competente para nombrar a los miembros que vaya a
integrar la Junta, así como para delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en sus
miembros.
Por todo ello, esta Alcaldía,
RESUELVE:
Primero.- Constituir la Junta de Gobierno Local, cuyo objeto será la asistencia
permanente al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, así como ejercer, en su
caso, las atribuciones que el Alcalde u otro órgano municipal le delegue o las que
le atribuyan las leyes.
Segundo.- Nombrar, como miembros de la Junta de Gobierno Local, a los
siguientes Concejales:
1. Don Luis Silva Morán (primer Teniente de Alcalde).
2. Doña Dolores Morejón Benítez (segundo Teniente de Alcalde).
3. Doña María del Pilar Tienza Navarro (tercer Teniente de
Alcalde).
La Junta de Gobierno Local estará Presidida por el Sr. Alcalde, que será su
Presidente.
Tercera.- Delegar y fijar como atribuciones de la Junta de Gobierno Local:
1. La asistencia permanente al Alcalde en el ejercicio de sus
atribuciones.
2. Las aprobaciones de los instrumentos de desarrollo del
planeamiento general no expresamente atribuidos al Pleno, así
como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los
proyectos de urbanización.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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