Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdelacalzada. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (05575/2023)
Creación y composición de las Comisiones Informativas
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Ayuntamiento de Valdelacalzada

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Valdelacalzada
Valdelacalzada (Badajoz)
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Creación y composición de las Comisiones Informativas

En la sesión extraordinaria celebrada por el pleno el día 28 de junio de 2023 se adoptó el siguiente acuerdo:
6. CREACIÓN Y COMPOSICIÓN DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS
Por la Alcaldía se propone y el Pleno acuerda, por unanimidad de los once concejales que lo componen, la creación y
composición de las comisiones informativas:
"PROPUESTA DE ACUERDO
APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE CREACIÓN Y COMPOSICIÓN DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS
Considerando que conforme a lo dispuesto en el artículo 123 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales (ROF), las
comisiones informativas están integradas exclusivamente por miembros de la Corporación.
Teniendo en cuenta que el artículo 124 del ROF señala que las comisiones informativas pueden ser permanentes y
especiales.
Visto que el artículo 126 del ROF establece que los dictámenes de las comisiones informativas tienen carácter preceptivo y
no vinculante.
Considerando, igualmente, que conforme a lo dispuesto en el artículo 127 del ROF, la Comisión Especial de Cuentas es de
existencia preceptiva, según se dispone en el artículo 116 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y su constitución, composición e
integración y funcionamiento se ajusta a lo establecido para las demás comisiones informativas.
Teniendo en cuenta que corresponde a la Comisión Especial de Cuentas el examen, estudio e informe de todas las cuentas,
presupuestarias y extrapresupuestarias, que deba aprobar el Pleno de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en la
legislación reguladora de la contabilidad de las entidades locales.
Igualmente, le corresponderá a la Comisión de Urbanismo el examen, estudio e informe de los asuntos relacionados con
materia de índole urbanística que deba aprobar el Pleno de la Corporación; y a la Comisión de Política Social y Asuntos
Generales el examen, estudio e informe de los asuntos relacionados con asuntos relacionados con materia de índole de
política social o asuntos generales.
Visto que, conforme el artículo 125 b) del ROF, cada Comisión estará integrada de forma que su composición se acomode a
la proporcionalidad existente entre los distintos grupos políticos representados en la Corporación.
Visto que en el apartado c) del referido artículo 125 del ROF prescribe que la adscripción concreta a cada Comisión de los
miembros de la Corporación que deban formar parte de la misma en representación de cada grupo, se realizará mediante
escrito del portavoz del mismo dirigido al Alcalde o Presidente, y del que se dará cuenta al Pleno, así como que podrá
designarse, de igual forma un suplente por cada titular.
En consonancia con los antecedentes expuestos, el Sr. Alcalde propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
Primero.- Aprobar la creación de las siguientes comisiones informativas:
Comisión de Cuentas, Economía y Hacienda, que, teniendo carácter obligatorio, se reunirán antes de
cada sesión plenaria en la que se vayan a tratar asuntos relacionados con materia de índole
económica y financiera.
Comisión de Urbanismo, que, teniendo no carácter obligatorio, será permanente, y se reunirán antes
de cada sesión plenaria en la que se vayan a tratar asuntos relacionados con materia de índole
urbanística.
Comisión de Política Social y Asuntos Generales, que, teniendo no carácter obligatorio, será
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