Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (05529/2023)
Bases para la provisión por el procedimiento de concurso específico de méritos del puesto de Jefatura Negociado de Nóminas, perteneciente al Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Anuncio 5529/2023
de Valoración.
Cuarta. Relación de admitidos y excluidos.
1. Expirado el plazo de presentación de instancias y previa comprobación del Área de Recursos Humanos y
Régimen Interior, por el Sr. Presidente de la Corporación se dictará resolución declarando aprobada la lista
provisional de personas admitidas y excluidas y la causa de exclusión, que se publicará en el tablón de
anuncios de la oficina de atención a la ciudadanía de la Diputación de Badajoz, dándose un plazo de cinco días
hábiles de subsanación de las causas de exclusión que por su naturaleza sean subsanables y que comenzará
a contar a partir del día siguiente a dicha publicación.
2. En la resolución que apruebe la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, se designarán las y
los miembros que han de constituir la Comisión Técnica de Valoración y se publicará, de igual forma, en el
tablón de anuncios de la oficina de atención a la ciudadanía de la Diputación de Badajoz.
Quinta. Comisión Técnica de Valoración.
1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 119.2 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura, en ningún caso, podrán formar parte de los órganos técnicos de valoración el personal de
elección o de designación política, el personal funcionario interino, el personal laboral o el personal eventual.
La pertenencia a este órgano será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación
o por cuenta de nadie.
2. Se constituirá una Comisión Técnica de Valoración por cada Área/Unidad orgánica, en su caso, funcional, en
la que se incardinen los puestos convocados conforme al anexo I.
Cada una de las Comisiones Técnicas de Valoración, estará integrada por las y los siguientes miembros:
a) Presidente/a:
La Directora del Área de Recursos Humanos y Régimen Interior o Director/a del Área/Unidad
afectada, o persona en quien deleguen, quien actuará con voz y voto.
b) Vocales:
Serán un total de cinco personas vocales de las cuales tres se elegirán por sorteo y dos por el
Área de Recursos Humanos y Régimen Interior, todas ellas entre empleadas/os públicas/os que
desempeñen puestos con carácter definitivo de Jefatura de Servicio, Sección, Negociado o
equivalente, según el grupo de titulación del puesto a cubrir, ajustándose al principio de
composición equilibrada entre mujeres y hombres, si bien las dos personas vocales de elección
del Área de RRHH lo serán de entre las existentes en el área funcional objeto de la
convocatoria. Todas ellas actuarán con voz y voto.
c) Secretaria/o:
Un/a funcionario/a del Área de Recursos Humanos y Régimen Interior de la Diputación
Provincial de Badajoz que actuará con voz y voto.
3. Las organizaciones sindicales podrán participar en el proceso selectivo en calidad de observadores/as.
4. La pertenencia a la Comisión Técnica de Valoración, de conformidad con lo establecido en el artículo 60.3
del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del empleado Público, será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en
representación o por cuenta de nadie.
5. Las y los miembros en quienes concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento
comunicándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusadas/os por las personas aspirantes admitidas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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de Valoración.
Cuarta. Relación de admitidos y excluidos.
1. Expirado el plazo de presentación de instancias y previa comprobación del Área de Recursos Humanos y
Régimen Interior, por el Sr. Presidente de la Corporación se dictará resolución declarando aprobada la lista
provisional de personas admitidas y excluidas y la causa de exclusión, que se publicará en el tablón de
anuncios de la oficina de atención a la ciudadanía de la Diputación de Badajoz, dándose un plazo de cinco días
hábiles de subsanación de las causas de exclusión que por su naturaleza sean subsanables y que comenzará
a contar a partir del día siguiente a dicha publicación.
2. En la resolución que apruebe la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, se designarán las y
los miembros que han de constituir la Comisión Técnica de Valoración y se publicará, de igual forma, en el
tablón de anuncios de la oficina de atención a la ciudadanía de la Diputación de Badajoz.
Quinta. Comisión Técnica de Valoración.
1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 119.2 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura, en ningún caso, podrán formar parte de los órganos técnicos de valoración el personal de
elección o de designación política, el personal funcionario interino, el personal laboral o el personal eventual.
La pertenencia a este órgano será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación
o por cuenta de nadie.
2. Se constituirá una Comisión Técnica de Valoración por cada Área/Unidad orgánica, en su caso, funcional, en
la que se incardinen los puestos convocados conforme al anexo I.
Cada una de las Comisiones Técnicas de Valoración, estará integrada por las y los siguientes miembros:
a) Presidente/a:
La Directora del Área de Recursos Humanos y Régimen Interior o Director/a del Área/Unidad
afectada, o persona en quien deleguen, quien actuará con voz y voto.
b) Vocales:
Serán un total de cinco personas vocales de las cuales tres se elegirán por sorteo y dos por el
Área de Recursos Humanos y Régimen Interior, todas ellas entre empleadas/os públicas/os que
desempeñen puestos con carácter definitivo de Jefatura de Servicio, Sección, Negociado o
equivalente, según el grupo de titulación del puesto a cubrir, ajustándose al principio de
composición equilibrada entre mujeres y hombres, si bien las dos personas vocales de elección
del Área de RRHH lo serán de entre las existentes en el área funcional objeto de la
convocatoria. Todas ellas actuarán con voz y voto.
c) Secretaria/o:
Un/a funcionario/a del Área de Recursos Humanos y Régimen Interior de la Diputación
Provincial de Badajoz que actuará con voz y voto.
3. Las organizaciones sindicales podrán participar en el proceso selectivo en calidad de observadores/as.
4. La pertenencia a la Comisión Técnica de Valoración, de conformidad con lo establecido en el artículo 60.3
del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del empleado Público, será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en
representación o por cuenta de nadie.
5. Las y los miembros en quienes concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento
comunicándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusadas/os por las personas aspirantes admitidas.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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