Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05480/2023)
Aprobación definitiva de la modificación de catalogación sexenios y regularizaciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Anuncio 5480/2023
- Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a sus sistemas y procesos de trabajo.
- Formarse en aquellas materias relacionadas con sus competencias para desempeñar su puesto de trabajo
con mayor eficacia.
-Velar por la seguridad y salud en su puesto de trabajo, utilizando adecuadamente maquinaria y
herramientas relacionadas con su actividad, así como los medios y equipos de protección puestos a su
disposición, de acuerdo con los procedimientos establecidos y la normativa vigente en materia de prevención
de riesgos laborales.
- Cualesquiera otras funciones, tareas o responsabilidades distintas a las correspondientes al puesto de
trabajo que desempeñen siempre que resulten adecuadas a su clasificación, grado o categoría, cuando las
necesidades del servicio lo justifiquen sin merma en las retribuciones de conformidad con el artículo 39.1 del
Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los
Trabajadores.
A dichas funciones le corresponden las siguientes valoraciones de factores:
Denominación del puesto
Carpintero
A
B
C
D
E
F
G
H
I
J
K
Total
puntos
25
25
0
50
0
25
25
25
0
0
0
175
7.- Creación en la catalogación el puesto de Monitor de Actividades Deportivas con grupo C1 y nivel de complemento de
destino 15, al que se asignan dos plazas, con los códigos L 08 02 01-O y L 08 02 02-O que se encuentran en la plantilla de
personal y, además, dentro del proceso de estabilización, con las siguientes funciones:
- Impartir cursos propuestos en virtud de las competencias acreditadas, si les fuera encomendado, en los
términos y horarios a concretar en su caso.
- Desarrollar programas de entrenamiento, orientando deportivamente a los usuarios sobre el uso de
aparatos y máquinas aeróbicas, de musculación y de cualquier otro tipo disponibles.
- Impartir clases de actividades dirigidas (aerobic, zumba, etc.).
- Controlar el acceso restringido a usuarios.
- Cuidar de que el comportamiento de los usuarios se ajuste a lo dispuesto en la normativa vigente sobre la
utilización de las instalaciones deportivas municipales.
- Velar en todo momento por la seguridad de los usuarios de las instalaciones deportivas municipales en las
que prestan su trabajo.
- Gestionar y promocionar las instalaciones deportivas municipales.
- Organizar calendario de uso de las instalaciones.
- Asesorar técnicamente en las selecciones de personal relacionadas con su puesto de trabajo.
- Realizar informes para justificar las necesidades de compra de nuevos materiales o máquinas para las
actividades deportivas y solicitar los respectivos presupuestos.
- Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a sus sistemas y procesos de trabajo.
- Formarse en aquellas materias relacionadas con sus competencias para desempeñar su puesto de trabajo
con mayor eficacia.
- Cualesquiera otras funciones, tareas o responsabilidades distintas a las correspondientes al puesto de
trabajo que desempeñen siempre que resulten adecuadas a su clasificación, grado o categoría, cuando las
necesidades del servicio lo justifiquen sin merma en las retribuciones de conformidad con el artículo 39.1 del
Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los
Trabajadores.
Dichas nuevas funciones suponen una valoración del puesto de la manera que sigue:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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- Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a sus sistemas y procesos de trabajo.
- Formarse en aquellas materias relacionadas con sus competencias para desempeñar su puesto de trabajo
con mayor eficacia.
-Velar por la seguridad y salud en su puesto de trabajo, utilizando adecuadamente maquinaria y
herramientas relacionadas con su actividad, así como los medios y equipos de protección puestos a su
disposición, de acuerdo con los procedimientos establecidos y la normativa vigente en materia de prevención
de riesgos laborales.
- Cualesquiera otras funciones, tareas o responsabilidades distintas a las correspondientes al puesto de
trabajo que desempeñen siempre que resulten adecuadas a su clasificación, grado o categoría, cuando las
necesidades del servicio lo justifiquen sin merma en las retribuciones de conformidad con el artículo 39.1 del
Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los
Trabajadores.
A dichas funciones le corresponden las siguientes valoraciones de factores:
Denominación del puesto
Carpintero
A
B
C
D
E
F
G
H
I
J
K
Total
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25
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0
50
0
25
25
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0
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175
7.- Creación en la catalogación el puesto de Monitor de Actividades Deportivas con grupo C1 y nivel de complemento de
destino 15, al que se asignan dos plazas, con los códigos L 08 02 01-O y L 08 02 02-O que se encuentran en la plantilla de
personal y, además, dentro del proceso de estabilización, con las siguientes funciones:
- Impartir cursos propuestos en virtud de las competencias acreditadas, si les fuera encomendado, en los
términos y horarios a concretar en su caso.
- Desarrollar programas de entrenamiento, orientando deportivamente a los usuarios sobre el uso de
aparatos y máquinas aeróbicas, de musculación y de cualquier otro tipo disponibles.
- Impartir clases de actividades dirigidas (aerobic, zumba, etc.).
- Controlar el acceso restringido a usuarios.
- Cuidar de que el comportamiento de los usuarios se ajuste a lo dispuesto en la normativa vigente sobre la
utilización de las instalaciones deportivas municipales.
- Velar en todo momento por la seguridad de los usuarios de las instalaciones deportivas municipales en las
que prestan su trabajo.
- Gestionar y promocionar las instalaciones deportivas municipales.
- Organizar calendario de uso de las instalaciones.
- Asesorar técnicamente en las selecciones de personal relacionadas con su puesto de trabajo.
- Realizar informes para justificar las necesidades de compra de nuevos materiales o máquinas para las
actividades deportivas y solicitar los respectivos presupuestos.
- Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a sus sistemas y procesos de trabajo.
- Formarse en aquellas materias relacionadas con sus competencias para desempeñar su puesto de trabajo
con mayor eficacia.
- Cualesquiera otras funciones, tareas o responsabilidades distintas a las correspondientes al puesto de
trabajo que desempeñen siempre que resulten adecuadas a su clasificación, grado o categoría, cuando las
necesidades del servicio lo justifiquen sin merma en las retribuciones de conformidad con el artículo 39.1 del
Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los
Trabajadores.
Dichas nuevas funciones suponen una valoración del puesto de la manera que sigue:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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