Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05480/2023)
Aprobación definitiva de la modificación de catalogación sexenios y regularizaciones
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Jerez de los Caballeros (Badajoz)
Anuncio 5480/2023
Aprobación definitiva de la modificación de catalogación sexenios y regularizaciones

Habiendo concluido la exposición pública reglamentaria del acuerdo de la modificación de la catalogación, sexenios y
regularizaciones publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 2 de agosto de 2023, aprobada la corrección de
errores del acuerdo de fecha 20 de julio de 2023, de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, en sesión plenaria
de fecha 15 de septiembre de 2023, y no habiendo alegaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 127 del
Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por medio del presente anuncio, se procede a la publicación íntegra de las modificaciones
aprobadas definitivamente:
APROBACIÓN, SI PROCEDE, MODIFICACIÓN CATALOGACIÓN SEXENIOS Y REGULARIZACIONES – EXPTE 1707/2003
Primero.- Aprobar la modificación de la catalogación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento, con las modificaciones
derivadas de la negociación colectiva y de los informes adjuntados al expediente, con el texto siguiente:
1.- Creación de un nuevo factor de valoración, factor L que se aplica exclusivamente al personal funcionario por la
realización en la administración de potestades públicas y la salvaguarda del interés general. Este factor se aplicará a todos
los empleados públicos de la administración que tengan la condición de funcionarios con la siguiente valoración:
FACTOR L
"Ejercicio de autoridad"
Definición del factor: Este factor retribuye la especial dificultad y característica del puesto de trabajo vinculado al ejercicio de
funciones de autoridad o de la salvaguarda del de los intereses generales de conformidad con el artículo 92.3 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como en el artículo 14 de la Ley 13/2015, de 8 de abril,
de Función Pública de Extremadura, conforme a la especial dedicación que supone el desempeño de estas actuaciones,
teniendo en muchos casos la condición especial de autoridad dentro de los procedimientos administrativos.
Con carácter general, las funciones recogidas en el ejercicio de autoridad de los funcionarios públicos locales serán las que
se incluyen en el apartado segundo del artículo 14 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, Función Pública de Extremadura, así
como las que sean atribuidas por otras normativas específicas.
Con carácter general se valorará de la siguiente manera a todos los funcionarios de esta administración dependiendo del
grupo al que pertenezcan de la siguiente manera:

Nivel

Grupo al que pertenecen

Puntos por cada tres años de servicio

L1

Agrupaciones profesionales

2,3678

L2

Grupo C2

2,7978

L3

Grupo C1

2,889

L4

Grupo A2

4,2207

L5

Grupo A1

6,2195

Dichos puntos se multiplicarán por el valor en euros que tenga asignado el punto cada uno de los grupos y por cada tres
años que lleven realizando dichas funciones. Este factor se sumará como complemento específico variable de los regulados
en el artículo 57.2 de la Ley 13/2015 de Extremadura, de manera mensual, en las catorce pagas que devenguen los
funcionarios.
2.- Inclusión de un elemento variable, de conformidad con el artículo 57.2 de la Ley 13/2015 de Extremadura en relación al
factor G, penosidad, dentro del nivel 5 del factor con la siguiente definición:
TABLA DEL FACTOR "G": PENOSIDAD

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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