Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Olivenza. (R05298/2023)
Corrección de error en edicto publicado el 5 de octubre de 2023 sobre las bases para la provisión de dos plazas de Oficiales de la Policía Local en el Ayuntamiento de Olivenza
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Olivenza
Anuncio R 5298/2023
En la base décima
Donde dice:
3. Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a los obtenidos en la fase de
oposición, cuya suma determinará el orden final de puntuación, considerándose que han
superado el proceso selectivo los y las aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación total
definitiva, no pudiendo superar el número de personas aprobadas al de plazas convocadas. En
caso de empate, se resolverá por la mejor puntuación obtenida en la fase de oposición.
3. De persistir el empate y exclusivamente para las personas afectadas por el mismo, este se
resolverá en favor de aquella que mayor puntuación obtenga aplicando todos los criterios de la
fase de concurso sin límite máximo de puntos por cada criterio.
4. Por último, y de persistir el empate, se dará preferencia a la candidatura del sexo con menor
presencia en el conjunto de la plantilla de la Policía Local en Extremadura, cuando este no
represente, al menos, el 40 por ciento de la totalidad.
Debe decir:
3. Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a los obtenidos en la fase de oposición, cuya suma
determinará el orden final de puntuación, considerándose que han superado el proceso selectivo los y las
aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación total definitiva, no pudiendo superar el número de
personas aprobadas al de plazas convocadas. En caso de empate, se resolverá por la mejor puntuación
obtenida en la fase de oposición.
4. De persistir el empate y exclusivamente para las personas afectadas por el mismo, este se resolverá en
favor de aquella que mayor puntuación obtenga aplicando todos los criterios de la fase de concurso sin límite
máximo de puntos por cada criterio.
5. Por último, y de persistir el empate, se dará preferencia a la candidatura del sexo con menor presencia en
el conjunto de la plantilla de la Policía Local en Extremadura, cuando este no represente, al menos, el 40 por
ciento de la totalidad.
Donde dice:
Novena.- Relación de personas aprobadas y presentación de documentación.
Décima.- Nombramiento y toma de posesión:
Décimo primera.- Impugnación y revocación de la convocatoria.
Décimo segunda.- Tratamiento de datos.
Décimo tercera.- Publicidad.
Debe decir:
Décimo primera.- Relación de personas aprobadas y presentación de documentación.
Décimo segunda.- Nombramiento y toma de posesión:
Décimo tercera.- Impugnación y revocación de la convocatoria.
Décimo cuarta.- Tratamiento de datos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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En la base décima
Donde dice:
3. Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a los obtenidos en la fase de
oposición, cuya suma determinará el orden final de puntuación, considerándose que han
superado el proceso selectivo los y las aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación total
definitiva, no pudiendo superar el número de personas aprobadas al de plazas convocadas. En
caso de empate, se resolverá por la mejor puntuación obtenida en la fase de oposición.
3. De persistir el empate y exclusivamente para las personas afectadas por el mismo, este se
resolverá en favor de aquella que mayor puntuación obtenga aplicando todos los criterios de la
fase de concurso sin límite máximo de puntos por cada criterio.
4. Por último, y de persistir el empate, se dará preferencia a la candidatura del sexo con menor
presencia en el conjunto de la plantilla de la Policía Local en Extremadura, cuando este no
represente, al menos, el 40 por ciento de la totalidad.
Debe decir:
3. Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a los obtenidos en la fase de oposición, cuya suma
determinará el orden final de puntuación, considerándose que han superado el proceso selectivo los y las
aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación total definitiva, no pudiendo superar el número de
personas aprobadas al de plazas convocadas. En caso de empate, se resolverá por la mejor puntuación
obtenida en la fase de oposición.
4. De persistir el empate y exclusivamente para las personas afectadas por el mismo, este se resolverá en
favor de aquella que mayor puntuación obtenga aplicando todos los criterios de la fase de concurso sin límite
máximo de puntos por cada criterio.
5. Por último, y de persistir el empate, se dará preferencia a la candidatura del sexo con menor presencia en
el conjunto de la plantilla de la Policía Local en Extremadura, cuando este no represente, al menos, el 40 por
ciento de la totalidad.
Donde dice:
Novena.- Relación de personas aprobadas y presentación de documentación.
Décima.- Nombramiento y toma de posesión:
Décimo primera.- Impugnación y revocación de la convocatoria.
Décimo segunda.- Tratamiento de datos.
Décimo tercera.- Publicidad.
Debe decir:
Décimo primera.- Relación de personas aprobadas y presentación de documentación.
Décimo segunda.- Nombramiento y toma de posesión:
Décimo tercera.- Impugnación y revocación de la convocatoria.
Décimo cuarta.- Tratamiento de datos.
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