Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05329/2023)
Modificación definitiva de la plantilla de personal del ejercicio 2023 del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera
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Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Oliva de la Frontera
Oliva de la Frontera (Badajoz)
Anuncio 5329/2023
Modificación definitiva de la plantilla de personal del ejercicio 2023 del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN PLANTILLA DE PERSONAL PARA EL EJERCICIO 2023
A los efectos de lo previsto en el artículo 169.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado
por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica para
general conocimiento que el Pleno del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera (Badajoz), en sesión ordinaria de fecha 27 de
julio de 2023, adoptó acuerdo sobre aprobación inicial de la modificación de la plantilla de personal de este Ayuntamiento
para el ejercicio 2023, mediante la inclusión de una plaza de Coordinador/Director del Centro Residencial con titulación
académica de grado en Enfermería del grupo A2.l , acuerdo que ha resultado definitivo al no haberse presentado
reclamaciones contra el mismo durante el plazo de exposición pública otorgado al efecto. El resumen de la modificación de
nueva incorporación a la plantilla es el siguiente:
A) Personal laboral:

Denominación:

Coordinador/Director del Centro Residencial

N.º de plazas:

1

Situación:

Vacante

Escala

Administración Especial

Subescala
Grupo/Subgrupo

A2

Titulación Académica

Grado en Enfermería

Forma de provisión

Acceso libre

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la jurisdicción contencioso-administrativa, con los requisitos, formalidades y
causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción.
La interposición de dicho recurso no suspenderá por sí solo la aplicación del presupuesto.
Oliva de la Frontera, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Juan Antonio García Torres.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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