Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llerena. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05307/2023)
Aprobación inicial del expediente de modificación de crédito 1/2023, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con operación de crédito
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Llerena

Anuncio 5307/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Llerena
Llerena (Badajoz)
Anuncio 5307/2023
Aprobación inicial del expediente de modificación de crédito 1/2023, en la modalidad de crédito extraordinario financiado
con operación de crédito

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de septiembre de 2023, acordó aprobar inicialmente
el expediente de modificación de créditos número 1/2023 del presupuesto municipal para este ejercicio, en la modalidad de
crédito extraordinario financiado con operación de crédito de acuerdo con el siguiente resumen:

CRÉDITO EXTRAORDINARIO EN APLICACIONES DE GASTO

Aplicación

Descripción

Crédito extraordinario (€)

Progr. Económica
151

60901

Adquisición TGSS Antiguo Ambulatorio
Total:

286.000,00
286.000,00

Esta modificación se financia con cargo al préstamo a concertar con una entidad crediticia, en los siguientes términos:

CRÉDITO EXTRAORDINARIO EN CONCEPTO DE INGRESOS

Partida
91706

Descripción
Préstamo para Adquisición a TGSS Antiguo Ambulatorio
Total ingresos:

Euros
286.000,00
286.000,00

Lo que se hace público para general conocimiento, hallándose el mencionado expediente en la Secretaría de este
Ayuntamiento por espacio de 15 días hábiles para que las personas interesadas puedan formular las observaciones o
reclamaciones que consideren pertinentes de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 169 y 177.2 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Igualmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 7 e) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno, el texto íntegro del acuerdo plenario estará a disposición de los interesados en sede
electrónica del Ayuntamiento de este Ayuntamiento.
El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones,
en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.
En Llerena (Badajoz), a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Daniel Lara Rex.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 3