Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera de la Serena. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (04171/2023)
Retribuciones e indemnizaciones de los miembros de la corporación
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Higuera de la Serena
Anuncio 4171/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Higuera de la Serena
Higuera de la Serena (Badajoz)
Anuncio 4171/2023
Retribuciones e indemnizaciones de los miembros de la corporación
SOBRE RETRIBUCIONES E INDEMNIZACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN.
De conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
Local, y el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales de 28 de noviembre de
1986, en sus artículos 13 y siguientes, el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el 12 de julio de 2023,
adoptó, entre otros, el acuerdo sobre el régimen de retribuciones e indemnizaciones de los concejales, y cuya parte
dispositiva dice así:
"Primero.- Determinar que el Alcalde don Gregorio García Morales, que desempeña su cargo en régimen de dedicación
parcial y una jornada del 75% y, por tanto, con derecho a retribución, percibirá una retribución bruta mensual de 2.066,00
euros, pagaderos en 14 mensualidades, con efectos del 1 de julio de 2023.
Estas retribuciones serán incrementadas anualmente en el mismo porcentaje que las retribuciones de los funcionarios
municipales, según la Ley Presupuestos Generales del Estado de cada año.
Segundo.- Dar de alta en el régimen general de la Seguridad Social al miembro de la Corporación que desempeñe tal cargo
en régimen de dedicación parcial, asumiendo la Corporación el pago de las cuotas empresariales que correspondan.
Tercero.- Establecer el siguiente régimen de indemnizaciones y asistencias:
- Asistencia a sesiones: Los miembros de la Corporación percibirán por la asistencia a cada una de las
sesiones que celebre el Pleno: 25,00 euros, por sesión; y, por asistencia a cada sesión de la Comisión de
Cuentas: 15,00 euros.
Las asistencias irán debidamente documentadas en las correspondientes actas de las sesiones, no
percibiéndose, por tanto, ninguna otra clase de asignación.
- Indemnizaciones:
Dietas y gastos de locomoción: Los señores concejales percibirán indemnizaciones para satisfacer los gastos
que origina la estancia fuera de la residencia oficial, con motivo del ejercicio del cargo, cuando sean efectivos
y previa justificación documental, por los siguientes conceptos:
A) Dieta diaria por alojamiento: Hasta el límite de 60,00 €, previamente justificados con factura
expedida por el acreedor.
B) Gastos de viaje: Igualmente serán indemnizados por este concepto según los siguientes
casos: Si utilizan medios regulares (taxis, autobús, tren, etc..) por el importe de la factura,
billete, etc., utilizado y justificado. Si se utiliza vehículo particular serán indemnizados con 0,19
€, por kilómetro recorrido y justificado. Si se utiliza estacionamiento en aparcamiento privado,
el importe de la factura, billete o recibo devengado al efecto."
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Higuera de la Serena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Gregorio García Morales.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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SOBRE RETRIBUCIONES E INDEMNIZACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN.
De conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
Local, y el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales de 28 de noviembre de
1986, en sus artículos 13 y siguientes, el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el 12 de julio de 2023,
adoptó, entre otros, el acuerdo sobre el régimen de retribuciones e indemnizaciones de los concejales, y cuya parte
dispositiva dice así:
"Primero.- Determinar que el Alcalde don Gregorio García Morales, que desempeña su cargo en régimen de dedicación
parcial y una jornada del 75% y, por tanto, con derecho a retribución, percibirá una retribución bruta mensual de 2.066,00
euros, pagaderos en 14 mensualidades, con efectos del 1 de julio de 2023.
Estas retribuciones serán incrementadas anualmente en el mismo porcentaje que las retribuciones de los funcionarios
municipales, según la Ley Presupuestos Generales del Estado de cada año.
Segundo.- Dar de alta en el régimen general de la Seguridad Social al miembro de la Corporación que desempeñe tal cargo
en régimen de dedicación parcial, asumiendo la Corporación el pago de las cuotas empresariales que correspondan.
Tercero.- Establecer el siguiente régimen de indemnizaciones y asistencias:
- Asistencia a sesiones: Los miembros de la Corporación percibirán por la asistencia a cada una de las
sesiones que celebre el Pleno: 25,00 euros, por sesión; y, por asistencia a cada sesión de la Comisión de
Cuentas: 15,00 euros.
Las asistencias irán debidamente documentadas en las correspondientes actas de las sesiones, no
percibiéndose, por tanto, ninguna otra clase de asignación.
- Indemnizaciones:
Dietas y gastos de locomoción: Los señores concejales percibirán indemnizaciones para satisfacer los gastos
que origina la estancia fuera de la residencia oficial, con motivo del ejercicio del cargo, cuando sean efectivos
y previa justificación documental, por los siguientes conceptos:
A) Dieta diaria por alojamiento: Hasta el límite de 60,00 €, previamente justificados con factura
expedida por el acreedor.
B) Gastos de viaje: Igualmente serán indemnizados por este concepto según los siguientes
casos: Si utilizan medios regulares (taxis, autobús, tren, etc..) por el importe de la factura,
billete, etc., utilizado y justificado. Si se utiliza vehículo particular serán indemnizados con 0,19
€, por kilómetro recorrido y justificado. Si se utiliza estacionamiento en aparcamiento privado,
el importe de la factura, billete o recibo devengado al efecto."
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Higuera de la Serena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Gregorio García Morales.
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