Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (04142/2023)
Bases, normas y condiciones generales de adjudicación de parcelas para casetas para partidos políticos, entidades, sindicatos, asociaciones vecinales y particulares en el recinto ferial municipal durante la feria y fiestas de Mérida 2023
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Ayuntamiento de Mérida

Anuncio 4142/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Mérida
Mérida (Badajoz)
Anuncio 4142/2023
Bases, normas y condiciones generales de adjudicación de parcelas para casetas para partidos políticos, entidades,
sindicatos, asociaciones vecinales y particulares en el recinto ferial municipal durante la feria y fiestas de Mérida 2023

BASES QUE HAN DE REGIR LAS NORMAS Y CONDICIONES GENERALES PARA LA ADJUDICACIÓN DE PARCELAS PARA LA
INSTALACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE CASETAS PARA PARTIDOS POLÍTICOS, ENTIDADES, SINDICATOS, ASOCIACIONES DE
VECINALES Y PARTICULARES EN EL RECINTO FERIAL MUNICIPAL DURANTE LA FERIA Y FIESTAS DE MÉRIDA 2023
1. Objeto del contrato.
Es objeto de la presente convocatoria la definición de las condiciones y procedimiento a seguir para la concesión de las
licencias del uso común especial normal de los terrenos destinados a la instalación de casetas para partidos políticos,
entidades, sindicatos, asociaciones vecinales y particulares en el Recinto Ferial de Mérida, durante la Feria y Fiestas de
Mérida de 2023, que se celebrará entre los días 29 de agosto y 4 de septiembre.
Las parcelas son todas de la misma medida y serán de doscientos cincuenta metros cuadrados (10 m x 25 m)
aproximadamente.
2. Naturaleza y régimen jurídico.
La utilización del Recinto Ferial en terrenos de dominio público comporta un uso común especial normal del mismo, se
conferirá mediante licitación pública y otorga a los/as adjudicatarios/as la correspondiente autorización administrativa de
conformidad con lo previsto en el Reglamento de bienes de las entidades locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de
13 de junio y Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley 17/2009, sobre Libre Acceso a las Actividades de Servicios y su Ejercicio,
estando justificada por razones naturales y técnicas las limitaciones del número de licencias, deben garantizarse, en el
procedimiento de concesión de las licencias, los principios de objetividad, imparcialidad, transparencia y concurrencia
competitiva.
El uso común especial normal se sujetará a la licencia municipal, de conformidad con lo previsto en las presentes bases, las
Ordenanzas municipales y demás normativa de aplicación. Las licencias se otorgarán directamente a los/as peticionarios/as
que reúnan las condiciones requeridas, salvo si se encontrase limitado su número, en cuyo caso lo serán en régimen de
concurrencia.
Así mismo, las autorizaciones que se concedan tendrán una duración limitada y no darán lugar a un procedimiento de
renovación automática ni conllevará, una vez extinguida la autorización, ningún tipo de ventaja para el prestador/a cesante o
para personas especialmente vinculadas con él/ella.
Las autorizaciones podrán ser revocadas unilateralmente por el Ayuntamiento de Mérida, en cualquier momento por
razones de interés público, sin generar derecho a indemnización. Así mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo
16 del Reglamento de servicios, las licencias quedarán sin efecto si se incumplieren las condiciones a que estuvieran
subordinadas y deberán ser revocadas cuando desaparecieran las circunstancias que motivaron su otorgamiento o
sobrevinieran otras que, de haber existido a la sazón, habrían justificado la denegación y podrán serlo cuando se adoptaren
nuevos criterios de apreciación.
3. Solicitudes y plazos.
a.- Solicitudes:
Los/as industriales interesados/as en la concesión de parcelas para la instalación de las casetas en el Recinto
Ferial deberán presentar solicitud a tal efecto, utilizando el modelo oficial y que será facilitado gratuitamente
a los interesados en el Negociado de Atención a la Ciudadanía y Fiestas Populares de este Ayuntamiento.
Junto con la solicitud deberán aportar los siguientes documentos:
1.- Copia del DNI, NIF, en su caso, del/la titular y escritura de constitución de la sociedad en su
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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