Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. (03870/2023)
Determinación del número, características y retribuciones del personal eventual
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Zafra

Anuncio 3870/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Zafra
Zafra (Badajoz)
Anuncio 3870/2023
Determinación del número, características y retribuciones del personal eventual

Para hacer constar que el Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el día 5 de julio de 2023, y a reserva de lo que
resulte de la aprobación del acta, adoptó, entre otros, el acuerdo que en su parte dispositiva, dice:
<<7.- Determinación del número, características y retribuciones del personal eventual.
...//...
El artículo 104 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local establece que "el
número, características y retribuciones del personal eventual será determinado por el Pleno de cada
Corporación al comienzo de su mandato".
Oída la Junta de Portavoces, el Pleno de la Corporación, por unanimidad de los asistentes, adoptó los
siguientes acuerdos:
Primero: Establecer los siguientes puestos de trabajo a desempeñar por personal eventual:
Secretaria particular del Grupo Popular: Dos puestos, ambos a media jornada.
La retribución del personal que desempeñe estos puestos de trabajo será la que
figura en el presupuesto municipal y que es Ia misma que aa de los demás
Auxiliares Administrativos que prestan sus servicios en el Ayuntamiento, en
proporción a su jornada.
La retribución se revisará al comienzo de cada ejercicio de acuerdo con lo que
establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año para el
personal al servicio de las administraciones públicas. Su régimen será el
establecido en el artículo 104 y 104 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, en la redacción dada por la Ley
27/2013, 27 diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración
Local.
Segundo.- Efectuar mediante resolución de la Alcaldía el nombramiento de las personas que
han de desempeñar los puestos de secretaría particular del grupo de gobierno y publicar su
nombramiento, régimen de retribuciones y dedicación en el Boletín Oficial de la Provincia>>.

Lo que se hace público para general conocimiento.
En Zafra, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Juan Carlos Fernández Calderón.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 3