Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (03860/2023)
Cargos de la Corporación a desempeñar en régimen de dedicación exclusiva y parcial; asignaciones a los grupos de diputados y determinación de asistencias
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales

Anuncio 3860/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Secretaría General
Badajoz
Anuncio 3860/2023
Cargos de la Corporación a desempeñar en régimen de dedicación exclusiva y parcial; asignaciones a los grupos de
diputados y determinación de asistencias

CARGOS A DESEMPEÑAR EN RÉGIMEN DEDICACIÓN EXCLUSIVA Y PARCIAL; ASIGNACIONES A LOS GRUPOS DE DIPUTADOS Y
ASISTENCIAS
Se hace público para general conocimiento, que el Pleno de la Corporación Provincial, en sesión extraordinaria celebrada el
día 5 de julio de 2023, acordó prestar aprobación en unanimidad de los miembros asistentes, a la propuesta del Presidente
de la Institución, sobre < dedicación parcial; asignaciones a los grupos de diputados y determinación de asistencias, con el siguiente contenido literal:
Una vez renovada la Corporación Provincial de Badajoz, en sesión constitutiva celebrada el día 1 de julio del año en curso, y
tras haber sometido a la consideración de la Junta de Portavoces, en la sesión celebrada el día 4 de julio de 2023, la
propuesta del Presidente, relativa a los cargos de la Corporación a desempeñar en régimen de dedicación exclusiva y
régimen de dedicación parcial; asignaciones a los Grupos de Diputados y determinación de asistencias, después de amplia
deliberación, y recogido el sentir de la misma, resulta necesario establecer el régimen de dedicación de los Miembros de la
Institución Provincial.
Para ello, y considerando lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de dos de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, en la nueva redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, en concordancia con el artículo 53 del
Reglamento Orgánico Provincial, y con el artículo 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de
las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, los Miembros de las Corporaciones
Locales tienen derecho a la percepción de los conceptos que configuran los derechos económicos de los Miembros
Corporativos, de conformidad con lo que el Pleno de la Corporación acuerde, con arreglo a la citada normativa.
También y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento Orgánico Provincial, y 23 y siguientes del
Reglamento indicado, los grupos políticos provinciales tienen derecho a disponer de una infraestructura adecuada de
medios materiales y personales para el ejercicio del cargo, y en el mismo sentido, la Ley 7/1985, de 2 de abril, artículo 73.3,
en la nueva redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, aconseja la asignación de una cuantía económica de carácter
mensual, que contendrá un componente fijo idéntico para todos los grupos, y otro variable en función de su número de
miembros, que no se podrá destinar por los grupos al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio de
la Diputación, ni a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial.
De este modo, y a la vista de las circunstancias expuestas, propongo que por el Pleno de la Corporación Provincial, se
adopten los siguientes acuerdos:
Primero. Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus funciones en régimen de
dedicación exclusiva, las retribuciones brutas mensuales que a continuación se relacionan, a percibir en
catorce pagas, doce relativas a las diferentes mensualidades del año, y las dos restantes de las mensualidades
de junio y diciembre, así como darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social.
Las cantidades siguientes, se incrementarán con el importe correspondiente de la Seguridad Social a cargo de
la Diputación.

Cargo

Dedicación al cargo Importe (€)

Presidente de la Corporación

Exclusiva

5.827,14

Vicepresidenta Primera, Portavoz y Diputada Delegada del Área de Transición
Ecológica.

Exclusiva

4.957,07

Vicepresidenta Segunda y Diputada Delegada del Área de Economía, Hacienda,
Compras y Patrimonio.

Exclusiva

4.957,07

Diputado/a Delegado/a del Área de Recursos Humanos y Régimen Interior.

Exclusiva

4.253,33

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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