Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Orellana la Vieja. (03796/2023)
Resolución de Alcaldía nombrando a los miembros de la Junta de Gobierno Local y delegaciones de la Alcaldía
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Ayuntamiento de Orellana la Vieja

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Orellana la Vieja
Orellana la Vieja (Badajoz)
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Resolución de Alcaldía nombrando a los miembros de la Junta de Gobierno Local y delegaciones de la Alcaldía

Visto que en fecha 22 de junio de 2023, se adoptó, por acuerdo del Pleno, la constitución de la Junta de Gobierno Local, que
deberá asistir permanente al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, así como ejercer las atribuciones que le deleguen el
Alcalde o el Pleno.
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de secretaría, y de conformidad con lo establecido en los
artículos 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 43, 46 y 52 del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, esta Alcaldía es competente para nombrar a los miembros que vaya a integrar la Junta, así como para delegar el
ejercicio de determinadas atribuciones en sus miembros, y por ello.
RESUELVO:
Primero.- Nombrar, como miembros de la Junta de Gobierno Local, a los siguientes Concejales:
- D. Antonio Manuel Sierra Martín.
- D. Manuel Díaz Martínez.
- D. José Antonio Holguín Ruiz.
Segundo.- Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes atribuciones:
- Aprobar la Oferta de Empleo Público de acuerdo con el presupuesto y la plantilla aprobados
por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas de selección del personal y para los concursos
de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones complementarias que no sean
fijas y periódicas.
- Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento
general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión
urbanística y de los proyectos de urbanización.
- El otorgamiento de las licencias, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al
Pleno.
Los acuerdos que se adopten por delegación se entenderán dictados por esta Alcaldía como titular de la
competencia originaria, a quien se tendrá que mantener informado del ejercicio de la delegación.
Tercero.- Comunicar esta resolución a todos los concejales afectados para su conocimiento y efectos.
Cuarto.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, en cumplimiento de lo dispuesto por el
artículo 46.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Quinto.- Dar cuenta de esta resolución al Pleno en la próxima sesión que éste celebre.
Orellana la Vieja, a fecha de la firma digital.- María del Pilar Carmona Acosta.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
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