Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herrera del Duque. (03794/2023)
Exposición pública del padrón de la tasa de guardería rural
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Ayuntamiento de Herrera del Duque

Anuncio 3794/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Herrera del Duque
Herrera del Duque (Badajoz)
Anuncio 3794/2023
Exposición pública del padrón de la tasa de guardería rural

ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO DE HERRERA DEL DUQUE POR EL QUE SE APRUEBAN LOS PADRONES Y LISTAS
COBRATORIAS DE LOS TRIBUTOS LOCALES TASA GUARDERÍA RURAL, REFERIDOS TODOS ELLOS AL EJERCICIO DE 2023.
Aprobados por resolución de esta Alcaldía número 527/2023 dictada con fecha de 30-06-2023, los padrones y
listas cobratorias de los tributos locales tasa de guardería rural, referidos todos ellos al ejercicio de 2023, a
efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública,
por medio del presente anuncio, se exponen al público en el tablón municipal de edictos, por el plazo de
quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones,
alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá
interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente al de la notificación expresa o desde el día siguiente a de finalización del término de exposición
pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario de
la tasa de guardería rural correspondiente al año 2023, en:
Localidad: Herrera del Duque
Oficina de Recaudación: Ayuntamiento
Horario: de 8,00 a 15,00 horas

CONCEPTO

PLAZO COBRO EN VOLUNTARIA

Tasa de guardería rural 2023

5 de agosto a 5 de octubre

Los contribuyentes que hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo presentando el aviso en las oficinas
de las siguientes entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria del artículo 9 del Reglamento General de
Recaudación: Ibercaja, Liberbank, Caja Rural de Extremadura, Banco Santander y Caja Rural de Almendralejo.
Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo en la oficina de recaudación en el
horario y plazo establecido.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo,
de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria,
lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su
caso, de las costas del procedimiento de apremio.
Herrera del Duque, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Saturnino alcázar Vaquerizo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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