Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Esparragalejo. (03791/2023)
Delegación especial de competencias en concejales
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Ayuntamiento de Esparragalejo

Anuncio 3791/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Esparragalejo
Esparragalejo (Badajoz)
Anuncio 3791/2023
Delegación especial de competencias en concejales

Con fecha 29 de junio de 2023, el Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento ha dictado la siguiente resolución, que es del
siguiente tenor literal:
"Una vez celebradas las elecciones locales y constituida la nueva Corporación Municipal el pasado día 17 de junio del
corriente, en uso de las atribuciones que me confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local, y de conformidad con los artículos 43, 44, 45, 114 a 121 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales (ROF), aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, vengo en dictar la siguiente

RESOLUCION:

Primero.- Delegar de forma especial a favor de los concejales siguientes, las atribuciones de la Alcaldía en
relación con los servicios que, a continuación, se señalan:
- Urbanismo y Medio Ambiente: Don Valeriano Correa Pintado.
- Festejos: Doña Sonia Venero Murillo.
- Deportes y Desarrollo Local: Don Ángel Vicente Puente Blázquez.
- Educación, Juventud y Servicios Sociales: Doña Maria Dolores Caldera Antúnez.
- Cultura y Patrimonio: Don Gonzalo Molina Collado.
Segundo.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.5.b) del ROF, las presentes delegaciones
especiales comprenden la dirección interna y gestión de los servicios correspondientes, pero no la facultad de
resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, ni la gestión presupuestaria y económica.
Tercero.- Notificar personalmente la presente resolución a los designados, entendiéndose tácitamente
aceptadas las delegaciones, salvo manifestación expresa en contra del destinatario en el plazo de tres días
hábiles desde la recepción de la correspondiente notificación y publicar esta resolución en el Boletín Oficial de
la Provincia, en el Tablón de Anuncios y sede electrónica de este Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad
desde el día siguiente de la firma de la misma por esta Alcaldía-Presidencia.
Cuarto.- Dar cuenta al Ayuntamiento Pleno de la presente resolución en la primera sesión que celebre.
Quinto.- El régimen general para estas delegaciones será el dispuesto en los artículos 114 a 118 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 2568/1986, de 28 de noviembre."
Lo que hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 44.2 del
Reglamento de Organización y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre.
Esparragalejo, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Fco. José Pajuelo Sánchez.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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