Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malcocinado. (03716/2023)
Régimen de retribuciones y asignaciones de la Corporación
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Ayuntamiento de Malcocinado

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Malcocinado
Malcocinado (Badajoz)
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Régimen de retribuciones y asignaciones de la Corporación

RÉGIMEN DE RETRIBUCIONES Y ASIGNACIONES DE LA CORPORACIÓN
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
se el Ayuntamiento Pleno adoptó, por mayoría absoluta, el siguiente régimen de asignaciones a los miembros de la
Corporación:
"En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, se propone al Ayuntamiento Pleno el siguiente régimen de asignaciones a los miembros de la
Corporación:
1.º. Determinar que el cargo de Alcalde-Presidente realice sus funciones en régimen de
dedicación parcial, en los términos dispuestos en el artículo 5.2 de la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, con
arreglo a las siguientes condiciones:
Dedicación: Parcial, 37,5 por 100, se requiere una presencia mínima en el
Ayuntamiento de 15 horas semanales.
Retribución: 12.551,00 euros anuales, distribuido en 12 pagas más 2
extraordinarias (junio y diciembre).
Cotización: Conlleva la correspondiente afiliación, alta y cotización en el régimen
general de la Seguridad Social.
Revisión: La cuantía de la retribución fijada será revisada para cada ejercicio
presupuestario con efectos del 1 de enero, en los términos que se establezca con
carácter general para el personal del sector público.
Efectos del régimen de dedicación: A partir del 1 de julio de 2023.
2.º. Determinar que el cargo de Concejal de Obras y Teniente de Alcalde, don Antonio García
González se realice sus funciones en régimen de dedicación parcial, con arreglo a las siguientes
condiciones:
Dedicación: Parcial, 75 por 100, se requiere una presencia mínima en el
Ayuntamiento de 30 horas semanales.
Retribución: 25.958,94 euros anuales, distribuido en 12 pagas más 2
extraordinarias (junio y diciembre).
Cotización: Conlleva la correspondiente afiliación, alta y cotización en el régimen
general de la Seguridad Social.
Revisión: La cuantía de la retribución fijada será revisada para cada ejercicio
presupuestario con efectos del 1 de enero, en los términos que se establezca con
carácter general para el personal del sector público.
Efectos del régimen de dedicación: A partir del 1 de julio de 2023.
3.º. Los miembros de la Corporación que no tengan reconocido el régimen de dedicación de
clase alguna percibirán, por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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