Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alburquerque. (03690/2023)
Delegación de competencias de la Alcaldía en los concejales
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Ayuntamiento de Alburquerque

Anuncio 3690/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Alburquerque
Alburquerque (Badajoz)
Anuncio 3690/2023
Delegación de competencias de la Alcaldía en los concejales

Para general conocimiento se hace público que esta Alcaldía mediante decreto número 94/2023, de fecha 23 de junio,
adoptó los siguientes acuerdos:
"Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar en los Concejales de la Corporación determinadas
atribuciones, conforme al artículo 21.3 de la LBRL.
Razones de oportunidad y conveniencia en aras de una agilización y mejora en la prestación de los servicios
municipales, aconsejan delegar las funciones que corresponden a esta Alcaldía en determinadas materias.
En consecuencia, vistos los artículos 21.3 de la LBRL; 43, 44, 120 y 121 del ROF; por el presente,

HE RESUELTO:
Primero: Delegar en los concejales de este Ayuntamiento, que se relacionan las siguientes funciones que
corresponden a esta Alcaldía:
- Doña Alicia García Rubiales: Servicios Sociales y Educación.
- Don Jesús Martín Chaves: Cultura, Turismo, Festejos y Empresas.
- Don Francisco Javier Blazquez González: Obras Públicas, Servicios y Urbanismo.
- Doña Juana Matador Expósito: Economía y Hacienda.
- Don Juan Andrés Gómez Flores: Agricultura, Ganadería, Baldíos y Deportes.
- Doña María del Mar Taborda Regalado: Igualdad, Participación Ciudadana y Juventud.
Segundo: La delegación comprende tanto las facultades de dirección y gestión de los servicios
correspondientes, pero no las de adoptar resoluciones administrativas que afecten a terceros.
Tercero: La Delegación conferida requerirá para su eficacia la aceptación del Concejal Delegado, se publicará
en el BOP y se dará cuenta de ella al Pleno en la primera sesión que celebre.
Cuarto: Los Concejales Delegados quedan obligados a informar a esta Alcaldía, a posteriori, de las gestiones
que realicen, y previamente, de las decisiones de transcendencia, en los términos previstos en el artículo 115
del ROF."
Alburquerque, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Manuel Luis Gutiérrez Regalado.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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