Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Olivenza. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (03700/2023)
Dedicación y retribuciones de altos cargos, nombramiento y retribuciones del personal de confianza y asignaciones a grupos políticos e indemnizaciones por la asistencia a órganos colegiados
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Ayuntamiento de Olivenza
Anuncio 3700/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Olivenza
Olivenza (Badajoz)
Anuncio 3700/2023
Dedicación y retribuciones de altos cargos, nombramiento y retribuciones del personal de confianza y asignaciones a
grupos políticos e indemnizaciones por la asistencia a órganos colegiados
De conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 29 de junio de 2023,
adoptó, entre otros los siguiente acuerdos:
• Dedicación exclusiva órganos políticos ejercicio del cargo:
Primero.- El Sr. Alcalde-Presidente, don Manuel José González Andrade, desempeñará su cargo con dedicación
exclusiva.
Segundo.- Las retribuciones brutas del Sr. Alcalde por el ejercicio de su cargo serán de 3.566,68 euros/mes
más dos pagas extraordinarias.
• Retribuciones altos cargos y asignaciones a grupos políticos:
Don Ramón Jiménez Saavedra, desempeñará su cargo en régimen de dedicación exclusiva con una retribución bruta
mensual de 2.563,54 euros más dos pagas extraordinarias.
Doña Ana Belén Trujillo Flores, desempeñará su cargo en régimen de dedicación exclusiva con una retribución bruta
mensual de 2.563,54 euros más dos pagas extraordinarias.
• Fijar, como cantidad a percibir por los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni parcial, las
siguientes:
Asistencia por concurrencia efectiva a Comisiones Informativas: 55,00 euros.
Asistencias por concurrencia efectiva a Junta de Gobierno Local: 70,00 euros.
Asistencias por concurrencia efectiva a Plenos: 135,00 euros.
Junta de Portavoces: 55,00 euros.
• Fijar como cantidad a percibir por los Grupos Políticos Municipales, las siguientes:
Asignación fija: Mensualmente se le asignará a cada grupo la cantidad de 331,00 euros.
Asignación de proporcionalidad: Igualmente se les asignará la cuantía mensual de 196,00 euros por cada Concejal
que integre el grupo.
• Aprobar la creación de un puesto de personal eventual dentro de los limites establecido en el artículo 104 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. El puesto creado en este acuerdo será el de Asesor Coordinador
del Área de deportes. Sus retribuciones mensuales brutas serán de 2.154,44 euros/mes más dos pagas extraordinarias. Sus
labores básicas serán el asesoramiento y asistencia a los órganos de gobierno en materia deportiva, así como a la
Coordinación del Área bajo las directrices de Alcaldía y de la Concejalía de Deportes.
Olivenza, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Manuel José González Andrade.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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grupos políticos e indemnizaciones por la asistencia a órganos colegiados
De conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 29 de junio de 2023,
adoptó, entre otros los siguiente acuerdos:
• Dedicación exclusiva órganos políticos ejercicio del cargo:
Primero.- El Sr. Alcalde-Presidente, don Manuel José González Andrade, desempeñará su cargo con dedicación
exclusiva.
Segundo.- Las retribuciones brutas del Sr. Alcalde por el ejercicio de su cargo serán de 3.566,68 euros/mes
más dos pagas extraordinarias.
• Retribuciones altos cargos y asignaciones a grupos políticos:
Don Ramón Jiménez Saavedra, desempeñará su cargo en régimen de dedicación exclusiva con una retribución bruta
mensual de 2.563,54 euros más dos pagas extraordinarias.
Doña Ana Belén Trujillo Flores, desempeñará su cargo en régimen de dedicación exclusiva con una retribución bruta
mensual de 2.563,54 euros más dos pagas extraordinarias.
• Fijar, como cantidad a percibir por los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni parcial, las
siguientes:
Asistencia por concurrencia efectiva a Comisiones Informativas: 55,00 euros.
Asistencias por concurrencia efectiva a Junta de Gobierno Local: 70,00 euros.
Asistencias por concurrencia efectiva a Plenos: 135,00 euros.
Junta de Portavoces: 55,00 euros.
• Fijar como cantidad a percibir por los Grupos Políticos Municipales, las siguientes:
Asignación fija: Mensualmente se le asignará a cada grupo la cantidad de 331,00 euros.
Asignación de proporcionalidad: Igualmente se les asignará la cuantía mensual de 196,00 euros por cada Concejal
que integre el grupo.
• Aprobar la creación de un puesto de personal eventual dentro de los limites establecido en el artículo 104 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. El puesto creado en este acuerdo será el de Asesor Coordinador
del Área de deportes. Sus retribuciones mensuales brutas serán de 2.154,44 euros/mes más dos pagas extraordinarias. Sus
labores básicas serán el asesoramiento y asistencia a los órganos de gobierno en materia deportiva, así como a la
Coordinación del Área bajo las directrices de Alcaldía y de la Concejalía de Deportes.
Olivenza, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Manuel José González Andrade.
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