Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Magacela. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (03701/2023)
Acuerdo de dedicación, retribuciones e indemnizaciones de los miembros de la Corporación
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Ayuntamiento de Magacela

Anuncio 3701/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Magacela
Magacela (Badajoz)
Anuncio 3701/2023
Acuerdo de dedicación, retribuciones e indemnizaciones de los miembros de la Corporación

De conformidad con lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen
Local, se hace público que el Ayuntamiento-Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 27 de junio de 2023, con la
asistencia de todos sus miembros, adoptó por unanimidad el siguiente acuerdo:
Primero.- El Sr. Alcalde, don Ángel Calderón Poves, desempeñará el cargo en régimen de dedicación parcial,
del 90% de la jornada laboral, en cumplimiento de lo preceptuado en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de
racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.
Segundo.- Establecer para el Sr. Alcalde unas retribuciones brutas mensuales de mil seiscientos veintisiete con
cincuenta y un euros (1.627,51 euros/mes) por el ejercicio de sus funciones, y dos pagas extraordinarias de
igual cuantía al año, correspondiendo su devengo en los meses de junio y diciembre de cada año.
Tercero.- Aprobar las siguientes asignaciones por asistencia a sesiones de los miembros de la Corporación
municipal sin dedicación exclusiva:
Asignación por asistencia a sesión ordinaria de Pleno: 60,00 euros.
Asignación por asistencia a resto de sesiones de Pleno: 30,00 euros.
Asignación por asistencia a sesiones de la Junta de Gobierno Local, Comisión Especial de Cuentas,
Consejo Escolar o Mesa de Contratación: 30,00 euros.
No podrá cobrarse el mismo día más de una asistencia.
Cuarto.- Los miembros de la Corporación Local percibirán indemnizaciones por los gastos efectivos
ocasionados en el ejercicio de sus cargos, previa justificación documental.
Quinto.- Que se realice la oportuna consignación presupuestaria o se apruebe la correspondiente
modificación de crédito en el presupuesto general de la entidad para hacer frente a las obligaciones
económicas que se deriven del presente acuerdo.
Sexto.- Que se publiquen los acuerdos adoptados en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de
anuncios de la Corporación.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Magacela, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Ángel Calderón Poves.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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