Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de Llerena. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (03586/2023)
Resolución de la Alcaldía de la nueva organización municipal de la Corporación local
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Ayuntamiento de Valverde de Llerena
Anuncio 3586/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Valverde de Llerena
Valverde de Llerena (Badajoz)
Anuncio 3586/2023
Resolución de la Alcaldía de la nueva organización municipal de la Corporación local
Por esta Alcaldía se ha dictado el decreto número 42/2023, con el siguiente tenor:
"Constituida la Corporación municipal el pasado día 17 de junio y habiendo resultado elegido AlcaldePresidente de la misma quien suscribe, esta Alcaldía, en uso de las facultades que le atribuyen los artículos
21.2 y 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con los
artículos 43.3, 44, del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por el presente,
RESUELVO:
Delegar en los tenientes de alcalde y concejales que se relacionan el ejercicio de las siguientes atribuciones:
Primero.- Doña M.ª Josefa Rubiano Martín, Festejos, Jóvenes y Mujeres con competencias específicas en
la materia.
- Doña Yolanda Moreno Lancharro, Cultura, Igualdad, Bienestar Social y Educación, con
competencias específicas en las materias.
- Doña Fernanda Parra García, Urbanismo, Tercera Edad y Familia, competencias específicas en
las materias.
- Juan Cuenda Santervás, Caminos y Empleo, competencias específicas en las materias.
- Pedro Gómez Santervás, Deporte y Vivienda, competencias específicas en las materias.
- Manolo Otero Machuca, Agricultura y Medio Ambiente, competencias específicas en las
materias.
Segundo.- Las delegaciones que anteceden, comprenden las facultades de dirección y gestión de los servicios
correspondientes.
Tercero.- Las delegaciones conferidas requerirán, para su eficacia, la aceptación de los concejales delegados;
considerándose aceptadas tácitamente, salvo manifestación expresa; publicándose en el Boletín Oficial de la
Provincia, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y la sede electrónica, https://sede.valverdedellerena.es/,
y se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, sin perjuicio de su efectividad desde el día
siguiente de la firma del decreto.
En lo no previsto en este Decreto regirán la Ley de Bases del Régimen Local y el Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales."
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
En Valverde de Llerena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde Presidente, Andrés Gómez Parra.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Por esta Alcaldía se ha dictado el decreto número 42/2023, con el siguiente tenor:
"Constituida la Corporación municipal el pasado día 17 de junio y habiendo resultado elegido AlcaldePresidente de la misma quien suscribe, esta Alcaldía, en uso de las facultades que le atribuyen los artículos
21.2 y 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con los
artículos 43.3, 44, del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por el presente,
RESUELVO:
Delegar en los tenientes de alcalde y concejales que se relacionan el ejercicio de las siguientes atribuciones:
Primero.- Doña M.ª Josefa Rubiano Martín, Festejos, Jóvenes y Mujeres con competencias específicas en
la materia.
- Doña Yolanda Moreno Lancharro, Cultura, Igualdad, Bienestar Social y Educación, con
competencias específicas en las materias.
- Doña Fernanda Parra García, Urbanismo, Tercera Edad y Familia, competencias específicas en
las materias.
- Juan Cuenda Santervás, Caminos y Empleo, competencias específicas en las materias.
- Pedro Gómez Santervás, Deporte y Vivienda, competencias específicas en las materias.
- Manolo Otero Machuca, Agricultura y Medio Ambiente, competencias específicas en las
materias.
Segundo.- Las delegaciones que anteceden, comprenden las facultades de dirección y gestión de los servicios
correspondientes.
Tercero.- Las delegaciones conferidas requerirán, para su eficacia, la aceptación de los concejales delegados;
considerándose aceptadas tácitamente, salvo manifestación expresa; publicándose en el Boletín Oficial de la
Provincia, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y la sede electrónica, https://sede.valverdedellerena.es/,
y se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, sin perjuicio de su efectividad desde el día
siguiente de la firma del decreto.
En lo no previsto en este Decreto regirán la Ley de Bases del Régimen Local y el Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales."
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
En Valverde de Llerena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde Presidente, Andrés Gómez Parra.
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