Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza del Buey. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (03624/2023)
Acuerdos de la organización municipal de la Corporación para 2023-2027
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Ayuntamiento de Cabeza del Buey
Anuncio 3624/2023
Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y en
aplicación de los Estatutos del O.A. Universidad Popular, tras la consulta realizada a ambos grupos políticos y
respetando la proporcionalidad existente entre ellos, esta Alcaldía propone:
Que los representantes de estos en la Junta Rectora de la Universidad Popular sean:
VOCALES
Vocal Representante G. Socialista
Don José Antonio Nieto Seco
Vocal Representante G. Popular
Doña Antonia Fernández Fernández
Suplente G. Socialista
Doña María Carmen Fernández Rodríguez
Suplente G. Popular
Doña María Sonia Paule Gil
El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de todos los asistentes, aprobó la propuesta de la Alcaldía.
7. Indemnizaciones a grupos políticos y miembros de la Corporación.
"De conformidad con el artículo 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de
las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se propone al
Ayuntamiento Pleno que adopte el siguiente acuerdo relativo a las indemnizaciones a grupos políticos y
miembros de la Corporación:
Primero:
INDEMNIZACIONES A CONCEJALES POR ASISTENCIAS
Por asistencia a sesiones celebradas por el Ayuntamiento Pleno
60,00 euros
Por asistencia a sesiones celebradas por la Junta de Gobierno Local
45,00 euros
Por asistencia a sesiones celebradas por comisiones informativas y órganos colegiados
25,00 euros
Segundo:
INDEMNIZACIONES A GRUPOS POLÍTICOS
A cada Grupo Político de concejales, mensualmente
180,00 euros
A cada Grupo Político de concejales, mensualmente, por Concejal
100,00 euros
Tercero: Que estas cantidades se actualicen anualmente con el incremento del IPC.
Cuarto: Que el presente acuerdo se publique en el Boletín Oficial de la Provincia".
El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de todos los asistentes, aprobó la propuesta de la Alcaldía.
8. Retribuciones a miembros de la Corporación.
"De conformidad con el artículo 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de
las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, esta Alcaldía propone al
Ayuntamiento Pleno que adopte el siguiente acuerdo:
Primero: De acuerdo con lo establecido en el artículo 75.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril, tendrán
derecho a percibir retribuciones y ser dados de alta en el Régimen General de la Seguridad
Social los miembros de las corporaciones locales que desarrollen sus responsabilidades
corporativas en régimen de dedicación exclusiva.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 9 de 11
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aplicación de los Estatutos del O.A. Universidad Popular, tras la consulta realizada a ambos grupos políticos y
respetando la proporcionalidad existente entre ellos, esta Alcaldía propone:
Que los representantes de estos en la Junta Rectora de la Universidad Popular sean:
VOCALES
Vocal Representante G. Socialista
Don José Antonio Nieto Seco
Vocal Representante G. Popular
Doña Antonia Fernández Fernández
Suplente G. Socialista
Doña María Carmen Fernández Rodríguez
Suplente G. Popular
Doña María Sonia Paule Gil
El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de todos los asistentes, aprobó la propuesta de la Alcaldía.
7. Indemnizaciones a grupos políticos y miembros de la Corporación.
"De conformidad con el artículo 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de
las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se propone al
Ayuntamiento Pleno que adopte el siguiente acuerdo relativo a las indemnizaciones a grupos políticos y
miembros de la Corporación:
Primero:
INDEMNIZACIONES A CONCEJALES POR ASISTENCIAS
Por asistencia a sesiones celebradas por el Ayuntamiento Pleno
60,00 euros
Por asistencia a sesiones celebradas por la Junta de Gobierno Local
45,00 euros
Por asistencia a sesiones celebradas por comisiones informativas y órganos colegiados
25,00 euros
Segundo:
INDEMNIZACIONES A GRUPOS POLÍTICOS
A cada Grupo Político de concejales, mensualmente
180,00 euros
A cada Grupo Político de concejales, mensualmente, por Concejal
100,00 euros
Tercero: Que estas cantidades se actualicen anualmente con el incremento del IPC.
Cuarto: Que el presente acuerdo se publique en el Boletín Oficial de la Provincia".
El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de todos los asistentes, aprobó la propuesta de la Alcaldía.
8. Retribuciones a miembros de la Corporación.
"De conformidad con el artículo 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de
las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, esta Alcaldía propone al
Ayuntamiento Pleno que adopte el siguiente acuerdo:
Primero: De acuerdo con lo establecido en el artículo 75.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril, tendrán
derecho a percibir retribuciones y ser dados de alta en el Régimen General de la Seguridad
Social los miembros de las corporaciones locales que desarrollen sus responsabilidades
corporativas en régimen de dedicación exclusiva.
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