Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Don Pedro. Área de Transformación Digital y Turismo (Badajoz). (03518/2023)
Acuerdo del Pleno de 22 de junio de 2023 por el que se acuerda la delegación de todas las competencias delegables del Pleno en la Junta de Gobierno Local
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Ayuntamiento de Casas de Don Pedro
Anuncio 3518/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Casas de Don Pedro
Casas de Don Pedro (Badajoz)
Anuncio 3518/2023
Acuerdo del Pleno de 22 de junio de 2023 por el que se acuerda la delegación de todas las competencias delegables del
Pleno en la Junta de Gobierno Local
Por acuerdo de Pleno de 22 de junio de 22023 se acordó la delegación de todas las competencias delegables del Pleno en la
Junta de Gobierno Local, y concretamente:
- El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Corporación en materias de
competencia plenaria.
- La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento.
- La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico,
exceda del 10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto, salvo las de tesorería, que le
corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por
ciento de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, todo ello de conformidad con lo dispuesto
en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o
concesión, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos.
Así como aquellas otras competencias atribuidas al Pleno que no exijan mayoría absoluta o tengan el carácter de
indelegables, incluido el sorteo de los miembros de las mesas electorales en sesión pública.
La finalidad que se persigue con esta delegación de competencias es la agilización de los procedimientos aumentando el
grado de eficacia de los servicios.
Lo que le tramito, a los efectos oportunos, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En Casas de Don Pedro, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Inmaculada Fca. Vicente García de la Trenada.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Pleno en la Junta de Gobierno Local
Por acuerdo de Pleno de 22 de junio de 22023 se acordó la delegación de todas las competencias delegables del Pleno en la
Junta de Gobierno Local, y concretamente:
- El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Corporación en materias de
competencia plenaria.
- La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento.
- La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico,
exceda del 10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto, salvo las de tesorería, que le
corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por
ciento de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, todo ello de conformidad con lo dispuesto
en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o
concesión, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos.
Así como aquellas otras competencias atribuidas al Pleno que no exijan mayoría absoluta o tengan el carácter de
indelegables, incluido el sorteo de los miembros de las mesas electorales en sesión pública.
La finalidad que se persigue con esta delegación de competencias es la agilización de los procedimientos aumentando el
grado de eficacia de los servicios.
Lo que le tramito, a los efectos oportunos, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En Casas de Don Pedro, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Inmaculada Fca. Vicente García de la Trenada.
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