Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda (Mérida). (03433/2023)
Adquisición a título oneroso por procedimiento abierto, mediante contrato de compraventa, de viviendas para su incorporación al patrimonio público de suelo a fin de incrementar el parque público de viviendas de la Junta de Extremadura
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Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda
Anuncio 3433/2023
ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA
JUNTA DE EXTREMADURA
Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda
Mérida (Badajoz)
Anuncio 3433/2023
Adquisición a título oneroso por procedimiento abierto, mediante contrato de compraventa, de viviendas para su
incorporación al patrimonio público de suelo a fin de incrementar el parque público de viviendas de la Junta de Extremadura
ADQUISICIÓN A TÍTULO ONEROSO POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, MEDIANTE CONTRATO DE COMPRAVENTA, DE VIVIENDAS
PARA SU INCORPORACIÓN AL PATRIMONIO PÚBLICO DE SUELO A FIN DE INCREMENTAR EL PARQUE PÚBLICO DE VIVIENDAS
DE LA JUNTA DE EXTREMADURA
EXPTE: PTR/2023/0000062129
El objeto de este contrato es el fomento e incremento del parque público de viviendas, mediante la adquisición de viviendas
ya construidas, de forma individualizada o en bloque, que se encuentren accesibles y en condiciones de ser habitadas o en
el caso de no estar en condiciones de ser habitadas, que requieran unas obras de habitabilidad, adecuación o accesibilidad
de escasa entidad y cuantía que no excedan de 8.000,00 € (IVA incluido). Una vez adquiridas, deben ser destinadas al alquiler
o cesión en uso de acuerdo con las condiciones previstas en el plan de vivienda estatal 2022-2025, aprobado por el Real
Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda
2022-2025.
La adquisición se efectuará en todo caso libre de cargas, por un precio máximo de 75.000,00 € por cada vivienda, que
contribuirá a incrementar el parque público de vivienda con destino al alquiler o cesión en uso durante un plazo mínimo, en
ambos casos, de cincuenta años constituye una actuación subvencionada con cargo al "Programa de incremento del parque
público deviviendas" regulado en el capítulo VII del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono
Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, con el que se financiará la compra con cargo al
referido programa.
Las viviendas que se adquieran mediante este contrato permitirán continuar con las políticas de vivienda de la Junta de
Extremadura para los colectivos más vulnerables, mediante la ejecución de los planes autonómicos de alquiler que dispone
la Consejería, con el fin de fomentar un efecto de integración social a largo plazo en la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Al tratarse de la adquisición de viviendas ya construidas destinadas a la promoción pública de la vivienda, la Consejería de
Movilidad, Transporte y Vivienda interviene en representación de la Administración autonómica, de conformidad con lo
establecido en el apartado 2 de la disposición adicional segunda de la Ley 2/2008 y en los artículos 7.1 f) y 15 de la Ley
11/2019, de 11 de abril, de promoción y acceso a la vivienda de Extremadura, en relación con el artículo 3 del Decreto del
Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías que
conforman la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda actuará como órgano de contratación en el procedimiento de
adjudicación del contrato.
A través del perfil del contratante de la Junta de Extremadura alojado en la PLACSP, se podrá acceder al pliego de
condiciones particulares y prescripciones técnicas y demás documentación relativa al contrato, con el objeto de asegurar la
transparencia y el acceso público a los mismos.
Los licitadores podrán solicitar información adicional sobre el pliego y la documentación complementaria con una antelación
de, al menos, 12 días a la fecha límite fijada para la recepción de ofertas en la convocatoria. Esta información se facilitará, a
más tardar, 6 días antes del fin del plazo de presentación de proposiciones.
En los casos en que lo solicitado sean aclaraciones a lo establecido en el pliego o resto de documentación, las respuestas
tendrán carácter vinculante y se harán públicas en el perfil de contratante.
Todas las comunicaciones y resto de trámites que procedan con los interesados deberán realizarse a través de la PLACSP.
Las notificaciones se efectuarán en la dirección electrónica habilitada, a tal efecto, por los licitadores en la PLACSP.
Mérida, a fecha de la firma digital.- La Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda, Leire Iglesias Santiago.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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incorporación al patrimonio público de suelo a fin de incrementar el parque público de viviendas de la Junta de Extremadura
ADQUISICIÓN A TÍTULO ONEROSO POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, MEDIANTE CONTRATO DE COMPRAVENTA, DE VIVIENDAS
PARA SU INCORPORACIÓN AL PATRIMONIO PÚBLICO DE SUELO A FIN DE INCREMENTAR EL PARQUE PÚBLICO DE VIVIENDAS
DE LA JUNTA DE EXTREMADURA
EXPTE: PTR/2023/0000062129
El objeto de este contrato es el fomento e incremento del parque público de viviendas, mediante la adquisición de viviendas
ya construidas, de forma individualizada o en bloque, que se encuentren accesibles y en condiciones de ser habitadas o en
el caso de no estar en condiciones de ser habitadas, que requieran unas obras de habitabilidad, adecuación o accesibilidad
de escasa entidad y cuantía que no excedan de 8.000,00 € (IVA incluido). Una vez adquiridas, deben ser destinadas al alquiler
o cesión en uso de acuerdo con las condiciones previstas en el plan de vivienda estatal 2022-2025, aprobado por el Real
Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda
2022-2025.
La adquisición se efectuará en todo caso libre de cargas, por un precio máximo de 75.000,00 € por cada vivienda, que
contribuirá a incrementar el parque público de vivienda con destino al alquiler o cesión en uso durante un plazo mínimo, en
ambos casos, de cincuenta años constituye una actuación subvencionada con cargo al "Programa de incremento del parque
público deviviendas" regulado en el capítulo VII del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono
Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, con el que se financiará la compra con cargo al
referido programa.
Las viviendas que se adquieran mediante este contrato permitirán continuar con las políticas de vivienda de la Junta de
Extremadura para los colectivos más vulnerables, mediante la ejecución de los planes autonómicos de alquiler que dispone
la Consejería, con el fin de fomentar un efecto de integración social a largo plazo en la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Al tratarse de la adquisición de viviendas ya construidas destinadas a la promoción pública de la vivienda, la Consejería de
Movilidad, Transporte y Vivienda interviene en representación de la Administración autonómica, de conformidad con lo
establecido en el apartado 2 de la disposición adicional segunda de la Ley 2/2008 y en los artículos 7.1 f) y 15 de la Ley
11/2019, de 11 de abril, de promoción y acceso a la vivienda de Extremadura, en relación con el artículo 3 del Decreto del
Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías que
conforman la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda actuará como órgano de contratación en el procedimiento de
adjudicación del contrato.
A través del perfil del contratante de la Junta de Extremadura alojado en la PLACSP, se podrá acceder al pliego de
condiciones particulares y prescripciones técnicas y demás documentación relativa al contrato, con el objeto de asegurar la
transparencia y el acceso público a los mismos.
Los licitadores podrán solicitar información adicional sobre el pliego y la documentación complementaria con una antelación
de, al menos, 12 días a la fecha límite fijada para la recepción de ofertas en la convocatoria. Esta información se facilitará, a
más tardar, 6 días antes del fin del plazo de presentación de proposiciones.
En los casos en que lo solicitado sean aclaraciones a lo establecido en el pliego o resto de documentación, las respuestas
tendrán carácter vinculante y se harán públicas en el perfil de contratante.
Todas las comunicaciones y resto de trámites que procedan con los interesados deberán realizarse a través de la PLACSP.
Las notificaciones se efectuarán en la dirección electrónica habilitada, a tal efecto, por los licitadores en la PLACSP.
Mérida, a fecha de la firma digital.- La Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda, Leire Iglesias Santiago.
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