Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza la Vaca. (03425/2023)
Designación de las delegaciones específicas de los concejales de la Corporación
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Ayuntamiento de Cabeza la Vaca

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Cabeza la Vaca
Cabeza la Vaca (Badajoz)
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Designación de las delegaciones específicas de los concejales de la Corporación

DECRETO DE LA ALCALDÍA
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS
Vista la celebración de las elecciones municipales el día 28 de mayo de 2023 y habiéndose procedido el día 17 de junio actual
a la constitución de la nueva Corporación Local. En virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.2 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y los artículos 41.3, 43.3, 44, 46 y47 del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre,
RESUELVO:
Primero.- Conferir delegaciones genéricas para las áreas o materias que se expresan, en los siguientes
miembros de la Corporación:
a) En la Primera Teniente de Alcalde, doña María del Carmen Maya Santana, las Áreas de
Desarrollo Local, Dependencias Municipales y Recursos Humanos.
b) En el Segundo Teniente de Alcalde, don Ángel Ramón Zapata Moya, las Áreas de Cultura,
Transformación Turística, Juventud y Deportes.
c) En la Tercera Teniente de Alcalde, doña Felicidad Hernández Sánchez, las Áreas de Políticas
Sociales, Participación Ciudadana, Igualdad y Diversidad.
d) En el Concejal don Francisco Javier Macarro Lavado, las Áreas de Agricultura y Medio
Ambiente. Trabajos el AEPSA.
Segundo.- Las delegaciones comprenden tanto las facultades de dirección y gestión de los servicios
correspondientes, pero no incluye la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a
terceros.
Tercero.- El Concejal delegado queda obligado a informar a esta Alcaldía, a posteriori, de la gestión y
disposiciones que dicte, previamente, de las decisiones de trascendencia, en los términos previstos en el
artículo 115 del ROF.
Cuarto.- De la presente resolución se dará cuenta al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que celebre,
notificándose personalmente a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación
expresa, y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin
perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma del mismo.
Quinto.- En lo no previsto en esta resolución regirá lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local y en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales, en el marco de las reglas que para las delegaciones se establecen en estas normas.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde, don Luis David Zapata Macías, en Cabeza la Vaca, a fecha de la firma electrónica; de lo que,
como Secretario, doy fe.
Cabeza la Vaca, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Luis David Zapata Macías.- Ante mí, el Secretario, Luis Ramón Zapata
Moreno.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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