Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de Llerena. (03428/2023)
Delegaciones de la Alcaldía
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Ayuntamiento de Valverde de Llerena

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Valverde de Llerena
Valverde de Llerena (Badajoz)
Anuncio 3428/2023
Delegaciones de la Alcaldía

Por esta Alcaldía se ha dictado el decreto número 42/2023, con el siguiente tenor:
"Constituida la Corporación municipal el pasado día 17 de junio y habiendo resultado elegido AlcaldePresidente de la misma quien suscribe, esta Alcaldía, en uso de las facultades que le atribuyen los artículos
21.2 y 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con los
artículos 43.3, 44, del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por el presente,
RESUELVO:
Delegar en los tenientes de alcalde y concejales que se relacionan el ejercicio de las siguientes
atribuciones:
Primero.
- Doña M.ª Josefa Rubiano Martín, festejos, jóvenes y mujeres con competencias
específicas en la materia.
- Doña Yolanda Moreno Lancharro, cultura, igualdad, bienestar social y
educación, con competencias específicas en las materias.
- Doña Fernanda Parra García, urbanismo, tercera edad y familia, competencias
específicas en las materias.
- Don Juan Cuenda Santervás, caminos y empleo, competencias específicas en las
materias.
- Don Pedro Gómez Santervás, deporte y vivienda, competencias específicas en
las materias.
- Don Manolo Otero Machuca, agricultura y medio ambiente, competencias
específicas en las materias.
Segundo.- Las delegaciones que anteceden, comprenden las facultades de dirección y gestión
de los servicios correspondientes.
Tercero.- Las delegaciones conferidas requerirán, para su eficacia, la aceptación de los
concejales delegados; considerándose aceptadas tácitamente, salvo manifestación expresa;
publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y
la sede electrónica, https://sede.valverdedellerena.es/, y se dará cuenta al Pleno en la primera
sesión que celebre, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma del decreto.
En lo no previsto en este decreto regirán la Ley de Bases del Régimen Local y el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales."

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Valverde de Llerena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Andrés Gómez Parra.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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