Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (03297/2023)
Delegación de competencias del Alcalde
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre
Anuncio 3297/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Fuente del Maestre
Fuente del Maestre (Badajoz)
Anuncio 3297/2023
Delegación de competencias del Alcalde
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
De conformidad con lo establecido en los artículos 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público; 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y 43 a 45, 114 a 118, 120 y 121 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre.
RESUELVO:
Primero. Delegar el ejercicio de las atribuciones de esta Alcaldía en las áreas que se indican a favor de los
concejales que a continuación se relacionan.
Don Juan Antonio Hipólito Herrera: Hacienda y Patrimonio.
Don Pedro José Gordillo Cuéllar: Infraestructuras, Obras y Servicios.
Doña Isabel Chaves Suárez: Universidad Popular y Festejos.
Don Juan Félix Gajardo Amaya: Agricultura, Deportes y Cultura.
Don Pablo González Rico: Seguridad Ciudadana, Educación, Tráfico.
Doña Estrella Ramos Duelt: Políticas Sociales y Juventud.
Don David Zambrano Muñoz: Urbanismo, Personal y Empleo.
Doña Coral Cortés Sánchez: Promoción Industrial, Comercio, Turismo, Medio Ambiente y
Emisora Municipal.
Segundo. Las delegaciones que se confieren comprenden las facultades de dirección y gestión, quedando
excluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero. La delegación conferida en el presente decreto surtirá efectos desde el día de hoy y se entenderá
tácitamente aceptada por los designados mientras no se manifieste expresamente lo contrario.
Cuarto. Notifíquese a los designados, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su
contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.
Quinto. Aplicar, respecto a todo lo no previsto expresamente en la presente resolución, las reglas que para la
delegación de competencias del Alcalde se prevén en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la
delegación se establecen en dichas normas.
Fuente del Maestre, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Juan Antonio Barrios García.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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De conformidad con lo establecido en los artículos 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público; 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y 43 a 45, 114 a 118, 120 y 121 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre.
RESUELVO:
Primero. Delegar el ejercicio de las atribuciones de esta Alcaldía en las áreas que se indican a favor de los
concejales que a continuación se relacionan.
Don Juan Antonio Hipólito Herrera: Hacienda y Patrimonio.
Don Pedro José Gordillo Cuéllar: Infraestructuras, Obras y Servicios.
Doña Isabel Chaves Suárez: Universidad Popular y Festejos.
Don Juan Félix Gajardo Amaya: Agricultura, Deportes y Cultura.
Don Pablo González Rico: Seguridad Ciudadana, Educación, Tráfico.
Doña Estrella Ramos Duelt: Políticas Sociales y Juventud.
Don David Zambrano Muñoz: Urbanismo, Personal y Empleo.
Doña Coral Cortés Sánchez: Promoción Industrial, Comercio, Turismo, Medio Ambiente y
Emisora Municipal.
Segundo. Las delegaciones que se confieren comprenden las facultades de dirección y gestión, quedando
excluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero. La delegación conferida en el presente decreto surtirá efectos desde el día de hoy y se entenderá
tácitamente aceptada por los designados mientras no se manifieste expresamente lo contrario.
Cuarto. Notifíquese a los designados, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su
contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.
Quinto. Aplicar, respecto a todo lo no previsto expresamente en la presente resolución, las reglas que para la
delegación de competencias del Alcalde se prevén en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la
delegación se establecen en dichas normas.
Fuente del Maestre, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Juan Antonio Barrios García.
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