Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral “Sierra Suroeste” (Jerez de los Caballeros). Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (03274/2023)
Resolución disponiendo la contratación como personal laboral fijo de plazas incluidas en el proceso de estabilización de empleo temporal
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Mancomunidad Integral “Sierra Suroeste”

Anuncio 3274/2023

derechos a ocupar la plaza.
Tercero.- Comunicar al registro de personal, a los efectos oportunos.
Cuarto.- Formalizados los contratos, comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de
los diez días siguientes a su concertación.
Quinto.- Informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una copia básica de los
contratos celebrados.
Sexto.- Adquirida la condición de personal laboral fijo, les será de aplicación la normativa sobre
incompatibilidades contenida en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas.
Séptimo.- Publicar íntegramente la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en el
apartado tablón de anuncios de la sede electrónica de la Mancomunidad Integral Sierra Suroeste
(https://sierrasuroeste.sedelectronica.es/info.0).
Octavo.- Dar cuenta a la Asamblea General de la Mancomunidad, de la presente resolución en la primera
sesión ordinaria que este celebre, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre.
Lo que resuelvo en Jerez de los Caballeros, a fecha de firma electrónica.- Ante mí, El Secretario-Interventor, Miguel Francisco
Martínez Víbora.- El Presidente, Manuel Naharro Gata.

RÉGIMEN DE RECURSOS
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de
reposición potestativo ante el Presidente de esta Mancomunidad Integral, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo
de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de
reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente
o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro
recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Jerez de los Caballeros, a fecha de la firma digital.- El Secretario-Interventor-Tesorero, Miguel Francisco Martínez Víbora.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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