Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (03256/2023)
Convocatoria para la incorporación de compañías de teatro en el Programa de Teatro Profesional "D rule: Artistas en el Territorio", para el año 2023
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Delegación de Cultura y Deportes

Anuncio 3256/2023

Jefe del Servicio de Actividades Culturales y Deportivas o funcionario en quien delegue.
Jefe de Sección de Administración y Actividades Culturales y Deportivas o funcionario en quien
delegue.
Jefa de Sección de Gestión Administrativa del Servicio de Actividades Culturales y Deportivas o
funcionario en quien delegue.
Técnico Auxiliar de Gestión Cultural.
Secretario General de la Diputación de Badajoz o persona en quien delegue, con voz pero sin voto.
Secretario: Un/a funcionario/a del Servicio de Actividades Culturales y Deportivas, con voz pero sin voto.
La relación de espectáculos que entren a formar parte del catálogo serán los que aparezcan en el apartado "D'rule" de la
Guía de Artistas y Grupos de la Provincia de Badajoz.
6. CRITERIOS DE SELECCIÓN.
Para la selección de las nuevas propuestas presentadas, la comisión tomará en consideración los siguientes criterios de
valoración (Las propuestas se evaluarán individualmente hasta un máximo de 100 puntos):
- Calidad e idoneidad artística de la propuesta. Se valorará: Dirección, autor, adaptación y dramaturgia,
reparto, escenografía, diseño de vestuario, iluminación, composición musical, caracterización, así como la
propuesta en su conjunto. El componente teatral será de vital importancia a la hora de valorar la idoneidad
artística de la propuesta, en relación a otras disciplinas artísticas que no encuentran su acomodo en este
programa de teatro profesional (Todas aquellas propuestas cuyo componente teatral no sea el principal, no
serán valoradas en este apartado). Hasta un máximo de 40 puntos.
- Trayectoria de la compañía/empresa. Se valorarán los años de permanencia de la compañía, así como la
trayectoria y el recorrido teatral en los últimos años en referencia a los montajes realizados. Hasta un máximo
de 30 puntos.
Trayectoria: Hasta un máximo de 20 puntos. Desde 2 hasta 5 años: 5 puntos. Más de 5 años hasta 10
años: 10 puntos. Más de 10 años hasta 15 años: 15 puntos. Más de 15 años 20 puntos.
Montajes realizados: Hasta un máximo de 10 puntos. Hasta 2 montajes: 2 puntos. Más de 2 montajes
hasta 5: 5 puntos. Más de 5 montajes hasta 8: 8 puntos. Más de 8 montajes: 10 puntos.
- Número de participantes que intervienen en la representación del espectáculo (actores, músicos, técnicos…).
Hasta un máximo de 20 puntos. Se realizará un reparto proporcional de puntos, teniendo para ello como
referencia el montaje con más participantes.
- Incidencia de las propuestas para la difusión de las obras literarias de creadores extremeños: 5 puntos.
- Compromiso con la igualdad de género, mediante la participación equilibrada de hombres y mujeres en el
espectáculo, que propongan la construcción de personajes y discursos desde la identidad de género, con los
derechos de la infancia y la especial contribución a la formación artística del público infantil y juvenil. Hasta un
máximo de 5 puntos.
La puntuación máxima a alcanzar será de 100 puntos. No podrán formar parte de la oferta del programa aquellas
propuestas que no alcancen una puntuación superior a 50 puntos.
Será requisito imprescindible la idoneidad de la oferta económica al programa. Para una mayor equidad se estudiarán los
cachés que cada espectáculo pueda tener, en función de su recorrido, del equipo técnico y de la dotación técnica mínima del
montaje. El caché no podrá ser superior a 2.500,00 € IVA incluido y en el mismo deben estar incluidos todos los gastos
inherentes a la representación incluido equipo de sonido e iluminación.
No se valorará ningún espectáculo que supere los 2.500,00 € (IVA incluido).
7. RESOLUCIÓN DE INCORPORACIÓN DE PROPUESTAS AL PROGRAMA.
La resolución, además de contener el solicitante o relación de los mismos, hará constar, de manera expresa, la
incorporación o no de la propuesta al programa, indicando en su caso el motivo de la no incorporación.
La resolución dictada por la Presidencia de la Diputación pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la
misma recurso contencioso administrativo en la forma y plazos previstos por Ley reguladora de dicha jurisdicción y,
potestativamente, recurso de reposición conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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