Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Don Pedro. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (03268/2023)
Aprobación definitiva de la denominación honorífica del tramo de la "carretera Vieja a Pela" desde la calle Badajoz hasta la zona deportiva "El Chaparral" como "avenida de don Jacinto Molano Arroba. Alcalde de Casas de Don Pedro de 1987 a 1999"
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Ayuntamiento de Casas de Don Pedro
Anuncio 3268/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Casas de Don Pedro
Casas de Don Pedro (Badajoz)
Anuncio 3268/2023
Aprobación definitiva de la denominación honorífica del tramo de la "carretera Vieja a Pela" desde la calle Badajoz hasta la
zona deportiva "El Chaparral" como "avenida de don Jacinto Molano Arroba. Alcalde de Casas de Don Pedro de 1987 a 1999"
APROBACIÓN DEFINITIVA
Elevado a definitivo el acuerdo del Pleno de fecha 11 de mayo de 2023 del Ayuntamiento de Casas de Don Pedro por el que
se aprueba la denominación honorífica del tramo de la "carretera Vieja a Pela" desde la calle Badajoz hasta la zona deportiva
"El Chaparral" como "avenida de don Jacinto Molano Arroba. Alcalde de Casas de Don Pedro de 1987 a 1999".
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público del 18 de mayo al 14 de junio de 2023,
queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial de 11 de mayo de 2023 por el que se aprobó la
denominación honorífica del tramo de la "carretera Vieja a Pela" desde la calle Badajoz hasta la zona deportiva "El
Chaparral" como "avenida de don Jacinto Molano Arroba, Alcalde de Casas de Don Pedro de 1987 a 1999", lo que se hace
público para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición
potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante Pleno de este
Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Mérida, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la
presente notificación de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Casas de Don Pedro, a fecha de la firma digital.- El Alcalde en funciones, Antonio Romero Jaroso.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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zona deportiva "El Chaparral" como "avenida de don Jacinto Molano Arroba. Alcalde de Casas de Don Pedro de 1987 a 1999"
APROBACIÓN DEFINITIVA
Elevado a definitivo el acuerdo del Pleno de fecha 11 de mayo de 2023 del Ayuntamiento de Casas de Don Pedro por el que
se aprueba la denominación honorífica del tramo de la "carretera Vieja a Pela" desde la calle Badajoz hasta la zona deportiva
"El Chaparral" como "avenida de don Jacinto Molano Arroba. Alcalde de Casas de Don Pedro de 1987 a 1999".
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público del 18 de mayo al 14 de junio de 2023,
queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial de 11 de mayo de 2023 por el que se aprobó la
denominación honorífica del tramo de la "carretera Vieja a Pela" desde la calle Badajoz hasta la zona deportiva "El
Chaparral" como "avenida de don Jacinto Molano Arroba, Alcalde de Casas de Don Pedro de 1987 a 1999", lo que se hace
público para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición
potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante Pleno de este
Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Mérida, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la
presente notificación de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Casas de Don Pedro, a fecha de la firma digital.- El Alcalde en funciones, Antonio Romero Jaroso.
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