Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calamonte. (03247/2023)
Aprobación definitiva de modificación del Reglamento de organización y funcionamiento de la agrupación local de voluntarios de protección civil
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Ayuntamiento de Calamonte
Anuncio 3247/2023
Las personas físicas que se integran en la agrupación de voluntarios de protección civil del Ayuntamiento de
Calamonte se clasifican en:
a) Coordinador de la agrupación de voluntarios.
b) Jefes de grupo.
c) Jefes de equipo.
d) Voluntario en prácticas.
e) Voluntario operativo.
f) Voluntario colaborador.
a) Coordinador de la Agrupación de voluntarios.
1.- Este es un puesto dentro de la organización del voluntariado y por tanto sin derecho a ningún tipo de
contraprestación, ni económica ni de otro tipo.
2.- Los requisitos para acceder a este puesto serán preferentemente los siguientes:
No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones
públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o
escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en
que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
Disponer como mínimo de la titulación de enseñanza secundaria obligatoria, o al menos 80 horas de formación en
protección civil.
Estar en posesión del permiso de conducir clase B.
Acreditar los dos niveles de las acciones formativas básicas para voluntarios de protección civil específicas, incluidas
en el Plan de formación para voluntarios de protección civil de la Junta de Extremadura.
En caso de existir más de un aspirante, la selección se realizará mediante el proceso selectivo correspondiente.
3.- El Coordinador de la agrupación de voluntarios de protección del Ayuntamiento de Calamonte será
nombrado por el Alcalde/sa, de entre los miembros de la agrupación. Dicho nombramiento deberá ser
aprobado en Pleno del Ayuntamiento de Calamonte a propuesta del Concejal Delegado.
4.- Como puesto dentro de la organización del voluntariado no conlleva aparejada contraprestación
económica alguna.
b) Jefe de grupo.
1.- Los requisitos para acceder a este puesto serán preferentemente los siguientes:
Disponer como mínimo de titulación de enseñanza secundaria obligatoria o al menos 40 horas de formación en
protección civil.
Estar en posesión del permiso de conducir clase B en vigor.
Cuando existan dos o más equipos se nombrará un Jefe de grupo.
2.- Acreditar los dos niveles de las acciones formativas básicas para voluntarios de protección civil específicas,
incluidas en el Plan de formación para voluntarios de protección civil de la Junta de Extremadura.
3.- El Jefe de grupo será nombrado por el concejal delegado, de entre los miembros de la agrupación a
propuesta del Coordinador de la agrupación.
4.- Como puesto dentro de la organización del voluntariado no conlleva aparejada contraprestación
económica alguna.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Las personas físicas que se integran en la agrupación de voluntarios de protección civil del Ayuntamiento de
Calamonte se clasifican en:
a) Coordinador de la agrupación de voluntarios.
b) Jefes de grupo.
c) Jefes de equipo.
d) Voluntario en prácticas.
e) Voluntario operativo.
f) Voluntario colaborador.
a) Coordinador de la Agrupación de voluntarios.
1.- Este es un puesto dentro de la organización del voluntariado y por tanto sin derecho a ningún tipo de
contraprestación, ni económica ni de otro tipo.
2.- Los requisitos para acceder a este puesto serán preferentemente los siguientes:
No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones
públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o
escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en
que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
Disponer como mínimo de la titulación de enseñanza secundaria obligatoria, o al menos 80 horas de formación en
protección civil.
Estar en posesión del permiso de conducir clase B.
Acreditar los dos niveles de las acciones formativas básicas para voluntarios de protección civil específicas, incluidas
en el Plan de formación para voluntarios de protección civil de la Junta de Extremadura.
En caso de existir más de un aspirante, la selección se realizará mediante el proceso selectivo correspondiente.
3.- El Coordinador de la agrupación de voluntarios de protección del Ayuntamiento de Calamonte será
nombrado por el Alcalde/sa, de entre los miembros de la agrupación. Dicho nombramiento deberá ser
aprobado en Pleno del Ayuntamiento de Calamonte a propuesta del Concejal Delegado.
4.- Como puesto dentro de la organización del voluntariado no conlleva aparejada contraprestación
económica alguna.
b) Jefe de grupo.
1.- Los requisitos para acceder a este puesto serán preferentemente los siguientes:
Disponer como mínimo de titulación de enseñanza secundaria obligatoria o al menos 40 horas de formación en
protección civil.
Estar en posesión del permiso de conducir clase B en vigor.
Cuando existan dos o más equipos se nombrará un Jefe de grupo.
2.- Acreditar los dos niveles de las acciones formativas básicas para voluntarios de protección civil específicas,
incluidas en el Plan de formación para voluntarios de protección civil de la Junta de Extremadura.
3.- El Jefe de grupo será nombrado por el concejal delegado, de entre los miembros de la agrupación a
propuesta del Coordinador de la agrupación.
4.- Como puesto dentro de la organización del voluntariado no conlleva aparejada contraprestación
económica alguna.
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