Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Reina. (03231/2023)
Nombramiento como personal laboral fijo de tres plazas vacantes en el Ayuntamiento de Puebla de la Reina, de Guarda Rural, Servicios Múltiples y Auxiliar Administrativo
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Ayuntamiento de Puebla de la Reina
Anuncio 3231/2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Puebla de la Reina
Puebla de la Reina (Badajoz)
Anuncio 3231/2023
Nombramiento como personal laboral fijo de tres plazas vacantes en el Ayuntamiento de Puebla de la Reina, de Guarda
Rural, Servicios Múltiples y Auxiliar Administrativo
NOMBRAMIENTO
RESOLUCIÓN DE NOMBRAMIENTO COMO PERSONAL LABORAL FIJO DE TRES PLAZAS VACANTES EN EL AYUNTAMIENTO DE
PUEBLA DE LA REINA DE UNA PLAZA DE GUARDA RURAL, SERVICIOS MÚLTIPLES Y AUXILIAR ADMINISTRATIVO
En relación con el proceso de estabilización de empleo temporal para cubrir 3 plazas; una de Guarda Rural, Servicios
Múltiples y Auxiliar Administrativo, vacantes en el Ayuntamiento de Puebla de la Reina, se ha dictado resolución de
nombramiento como personal laboral fijo, cuyo contenido literal es el siguiente:
Vista la propuesta del Tribunal Calificador nombrado para resolver la convocatoria de provisión de tres
vacantes de personal laboral fijo con la categoría de un guarda Rural, Servicios Múltiples y Auxiliar
Administrativo, cuyas bases fueron publicadas en el BOP número 237 y 238, el 15 y 16 de diciembre de 2022,
por las que se regula la convocatoria de pruebas selectivas, por turno libre, mediante el sistema de concurso
de méritos, de plazas vacantes de personal laboral fijo, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de
Estabilización de Empleo Temporal del Ayuntamiento de Puebla de la Reina, aprobadas mediante resolución
de 17 de mayo de 2022, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) número 94, de 19 de mayo de
2022 y correspondientes al Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de
la temporalidad en el empleo público, y al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas
urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Vista la documentación presentada, dentro del plazo establecido en las bases de la citada convocatoria, por
los candidatos seleccionados.
De conformidad con el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
RESUELVO:
Primero.- Nombrar como personal laboral fijo del Ayuntamiento de Puebla de la Reina, de conformidad con la
propuesta del Tribunal Calificador, de fecha de 18 de mayo de 2023 a:
Identidad del aspirante
DNI
Denominación de la plaza
José Castaño Redondo
******69S
Guarda Rural
Damián Balas Balas
******52E
Servicios Múltiples
José Manuel Valdeón Ginés
******05K
Auxiliar Administrativo
Segundo.- Visto que se ha cumplido con las bases publicadas en la citada convocatoria:
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la administración, dentro del plazo de 20 días hábiles desde que
se publican en la sede electrónica de este Ayuntamiento, los documentos justificativos de las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Tercero.- Visto que se ha cumplido con la base decimoprimera de la citada convocatoria que dice lo siguiente:
"Adquirida la condición de personal laboral fijo, les será de aplicación la normativa sobre
incompatibilidades contenida en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del
personal al servicio de las Administraciones Públicas".
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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NOMBRAMIENTO
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PUEBLA DE LA REINA DE UNA PLAZA DE GUARDA RURAL, SERVICIOS MÚLTIPLES Y AUXILIAR ADMINISTRATIVO
En relación con el proceso de estabilización de empleo temporal para cubrir 3 plazas; una de Guarda Rural, Servicios
Múltiples y Auxiliar Administrativo, vacantes en el Ayuntamiento de Puebla de la Reina, se ha dictado resolución de
nombramiento como personal laboral fijo, cuyo contenido literal es el siguiente:
Vista la propuesta del Tribunal Calificador nombrado para resolver la convocatoria de provisión de tres
vacantes de personal laboral fijo con la categoría de un guarda Rural, Servicios Múltiples y Auxiliar
Administrativo, cuyas bases fueron publicadas en el BOP número 237 y 238, el 15 y 16 de diciembre de 2022,
por las que se regula la convocatoria de pruebas selectivas, por turno libre, mediante el sistema de concurso
de méritos, de plazas vacantes de personal laboral fijo, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de
Estabilización de Empleo Temporal del Ayuntamiento de Puebla de la Reina, aprobadas mediante resolución
de 17 de mayo de 2022, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) número 94, de 19 de mayo de
2022 y correspondientes al Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de
la temporalidad en el empleo público, y al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas
urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Vista la documentación presentada, dentro del plazo establecido en las bases de la citada convocatoria, por
los candidatos seleccionados.
De conformidad con el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
RESUELVO:
Primero.- Nombrar como personal laboral fijo del Ayuntamiento de Puebla de la Reina, de conformidad con la
propuesta del Tribunal Calificador, de fecha de 18 de mayo de 2023 a:
Identidad del aspirante
DNI
Denominación de la plaza
José Castaño Redondo
******69S
Guarda Rural
Damián Balas Balas
******52E
Servicios Múltiples
José Manuel Valdeón Ginés
******05K
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Segundo.- Visto que se ha cumplido con las bases publicadas en la citada convocatoria:
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la administración, dentro del plazo de 20 días hábiles desde que
se publican en la sede electrónica de este Ayuntamiento, los documentos justificativos de las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Tercero.- Visto que se ha cumplido con la base decimoprimera de la citada convocatoria que dice lo siguiente:
"Adquirida la condición de personal laboral fijo, les será de aplicación la normativa sobre
incompatibilidades contenida en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del
personal al servicio de las Administraciones Públicas".
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