Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. (03182/2023)
Extracto de la resolución del 2 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Badajoz, por la que se convoca el 17 Premio de Escultura Ciudad de Badajoz
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Ayuntamiento de Badajoz

Anuncio 3182/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Badajoz
Anuncio 3182/2023
Extracto de la resolución del 2 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Badajoz, por la que se
convoca el 17 Premio de Escultura Ciudad de Badajoz

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DEL 2 DE JUNIO DE 2023 DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE
BADAJOZ, POR LA QUE SE CONVOCA EL 17 PREMIO DE ESCULTURA CIUDAD DE BADAJOZ
BDNS (IDENTIF.): 701976
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/701976).
Primero. Objeto.
El objeto de esta convocatoria es potenciar la creación artística, contribuir al dinamismo del sector cultural y reconocer la
labor desarrollada por artistas con el propósito de fomentar, conservar, promocionar y ensalzar la cultura.
Segundo. Destinatarios.
Esta convocatoria está dirigida a artistas de cualquier nacionalidad o residencia, mayores de 18 años.
No obstante, no podrán participar aquellas personas en las que concurran alguna de las siguientes circunstancias:
Que haya resultado galardonado con el primer premio en las dos últimas ediciones de este premio.
Que concurran en ella alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Tercero. Bases reguladoras.
Ordenanza general de subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, publicada en el BOP, número 21 de fecha 2 de
febrero de 2009.
Cuarto. Premios.
Se otorgarán los siguientes premios:
Un Primer Premio de 6.500,00 € y un trofeo.
Un Segundo Premio de 3.000,00 € y un trofeo.
La cuantía de los premios estará sujeta a la legislación fiscal vigente, realizándose sobre tal importe las retenciones
legalmente establecidas. Serán por cuenta de los premiados todos los impuestos que graven la percepción de los premios.
El premio será indivisible y no podrá ser declarado desierto. La obra galardonada con el primer premio pasará a ser
propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz y a formar parte de su colección.
Quinto. Requisitos de los trabajos a presentar.
El artista podrá presentar una única obra de temática libre como pieza única. Deberá estar realizada en material definitivo
(como obra final) y sus dimensiones no excederán de 220 cm. en su dimensión mayor y su peso de 150 kg.
Los participantes tendrán plena libertad temática, siendo admitidas todas las técnicas y procedimientos, así como, todas las
corrientes o tendencias estéticas.
Deberá ser original e inédita y no haber sido premiadas en otro concurso, ni hallarse pendientes de fallo en cualquier
premio. En caso de producirse alguna de estas circunstancias una vez presentada al concurso, deberá realizar la
comunicación pertinente y la obra del autor quedará automáticamente excluida.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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